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Aprueba Comisión de Transportes dictámenes para regular drones y devolver TUA por cancelación de vuelos

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La Comisión de Transportes, que preside el diputado Javier Rodríguez Dávila (PAN), aprobó en su sesión de trabajo de este miércoles, dos dictámenes que serán puestos a consideración del Pleno. Uno de ellos, modifica las leyes de Aviación Civil y de Aeropuertos para regular las aeronaves pilotadas a distancia (drones) y seguridad operacional. 

Los diputados integrantes consideraron viable la modificación a la Ley de Aviación Civil para facultar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) a emitir una normatividad relativa a aeronaves pilotadas a distancia, que a la fecha están reguladas únicamente por la circular COAV 23/10 R3, de la Dirección General de Aeronáutica Civil. 

Dicha regulación, coincidieron, resulta insuficiente a pesar de que incluye prohibiciones, ya que no considera un régimen claro de sanciones por incumplimiento en materia de seguridad operacional. 

El objetivo de regular las aeronaves no tripuladas, dijeron, es establecer la aplicación de estándares para prevenir accidentes, proteger a tripulantes, pasajeros y terceras personas de la aeronavegabilidad y personas o propiedades en tierra. 

La Comisión de Transportes consideró conveniente facultar a la SCT certificar la instalación y operaciones de fábricas de aeronaves en el país, no sólo los talleres aeronáuticos y centros de capacitación como se contempla actualmente. 

De igual forma, podrá expedir disposiciones referentes a certificación y operación de las aeronaves pilotadas a distancia para incluirlas en el Registro Aeronáutico Mexicano, y se dé fe sobre adquisición, transmisión o extinción de la propiedad de estas aeronaves. 

Previo a ello, la Comisión de Comunicaciones debatió sobre el tema de la regulación de drones y sus integrantes advirtieron sobre el riesgo que implica para la vida privada de los ciudadanos. 

La presidenta de la Comisión, diputada Marcela González Salas y Petricioli (PRI), consideró que este puede ser un tema difícil y complejo, ya que en ocasiones atenta contra la vida privada. “No puedes estar en una fiesta o en una reunión en tu casa, porque de repente te llega un dron”. 

Enfatizó que deben revisar el tema a profundidad, ya que es necesario darle orden a algo “tan delicado y que no puede dejarse de lado”. 

La diputada del PRI, María De La Paz Quiñones Cornejo, dijo que debe comenzarse por separar el tema de los drones de seguridad de los de uso particular, como el primer escalón para hacer un análisis a detalle. 

La diputada Lluvia Flores Sonduk (PRD) planteó solicitar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), y a autoridades competentes, el listado de este tipo de instrumentos que actualmente usa o destina el Estado con fines de espionaje. 

El diputado Alfredo Anaya Orozco (PRI) comentó que en varios países los drones son un fuerte tema de debate, por que no sólo rompen la privacidad, sino son cuestión de seguridad debido a que puede darle seguimiento a las personas y no hay control alguno sobre su uso. 

“En algunos naciones de Europa, se ha comenzado por registrar estos aparatos y detallar qué fines se les da a cada uno”. 

El diputado Tristán Canales Najjar (PRI) señaló que “son utilizados para una cantidad muy diversa de actividades, tanto positivas como negativas”. Propuso hacer un estudio sobre qué han hecho en otros países para su reglamentación. 

“Pueden servir para detectar al crimen organizado, vigilar ciudadanos o bien para rescatar personas. La tecnología avanza de manera espectacular, ya que pueden tener mucho tiempo de vuelo y a distancias impresionantes”, destacó. 

Devolución de TUA 

El segundo dictamen aprobado por la Comisión de Transportes modifica los artículos 69 y 81 de la Ley de Aeropuertos, a través del cual se busca compensar al usuario de líneas aéreas cuando se vea afectado por retrasos o cancelaciones. 

La modificación propuesta establece la devolución de lo que pagó el usuario como Tarifa de Uso de Aeropuerto (TUA), independientemente de que haya o no realizado el traslado. 

De acuerdo con la modificación al artículo 69, las tarifas correspondientes al uso del aeropuerto para los usuarios, serán susceptibles a ser devueltas cuando se acredite la afectación por la cancelación del vuelo por causa imputable a la administración u operaciones del aeropuerto, excepto cuando se deba a condiciones meteorológicas o de seguridad. 

“El usuario podrá realizar el trámite de la devolución a través del concesionario o permisionario con el que contrató el servicio. La devolución será a través del miso medio en que se haya efectuado el pago, dentro de un periodo máximo de diez días naturales posteriores a la reclamación”, precisa. 

La negativa de la devolución deberá ser por escrito y entregada al pasajero, manifestando las causas y corresponderá a la SCT, determinar si la responsabilidad del retraso o cancelación es atribuible al concesionario administrador del aeropuerto o al permisionario del servicio de transporte. 

El dictamen plantea que no reintegrar oportunamente las tarifas correspondientes al usuario afectado, cuando la responsabilidad haya sido atribuida por la SCT al concesionario, se impondrá una multa de tres mil a cinco mil Unidades de Medida y Actualización, equivalente al que tenga el salario mínimo general vigente diario para todo el país.