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Aprueban en IEPAC proyecto para designación de autoridades competentes del procedimiento laboral disciplinario

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El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán aprobó esta tarde el Proyecto de Acuerdo mediante el cual se designa a las autoridades competentes del Procedimiento Laboral Disciplinario para los miembros del Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN) del IEPAC.

Por mayoría de votos se aprobó designar para esta función a quien ocupe la titularidad de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de este Instituto.

Asimismo, se avaló designar para sustanciar y resolver el recurso de inconformidad en contra de las resoluciones de la autoridad resolutora del Procedimiento Laboral Disciplinario al Consejo General del órgano electoral.

Las autoridades en el Procedimiento Laboral Disciplinario para el IEPAC serán: la autoridad instructora, función que recaerá en el titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral; la autoridad resolutora que será desempeñada por el Secretario Ejecutivo del Instituto y la autoridad que sustanciará y resolverá el recurso de inconformidad, acción que quedará en manos del Consejo General.

Dichas autoridades tendrán las funciones y obligaciones establecidas en el Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa, los Lineamientos Aplicables al Procedimiento Laboral Disciplinario para los miembros del Servicio en los Organismos Públicos Locales Electorales y demás ordenamientos aplicables.

Durante la sesión extraordinaria se hizo entrega del Informe de Actividades del año 2016 de la Comisión Permanente de Seguimiento al SPEN.

Además, se aprobó por mayoría el Proyecto de Acuerdo mediante el cual se ajusta el Presupuesto de Egresos actualizado en detalle del Instituto para el ejercicio fiscal 2017, mismo que quedará integrado de conformidad con la cantidad prevista en el Decreto número 439 relativo al Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Yucatán, publicado en el Diario Oficial Estatal el 30 de diciembre del 2016, más el saldo total del remanente e ingresos propios.