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Desacata Tribunal de los trabajadores en Yucatán sentencia de amparo

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Conforme un litigio laboral, promovido contra la Secretaría de Educación Pública por los Guadalupe Sánchez Vargas, Luis Fernando de la Cruz Herrera y Francisco Rafael Lope Avila, hay una resolución de amparo contra el Tribunal de los Trabajadores al Servicio del Estado y de los municipios dependiente del Poder Judicial del Estado de Yucatán que no he cumplido y mantiene en desacato a la autoridad jurisdiccional yucateca.

El tema inicio cuando los anteriormente mencionados fueron despedidos sin que medie una justificación pertinente y legal del Centro Estatal de Bellas Artes, sin que se les pagará lo que ya habías trabajo por meses sin cobrar.

Es el caso de muchos maestros que trabajan sin tener una base, por puros contratos. Que como tal no reciben su pago de forma puntual y que, además, no cuentan con la certidumbre y certeza legal.

Es por ello, que ante la zozobra de los cambios de gobierno y en la necesidad de contar con la seguridad laboral a la cual todo trabajador tiene derecho, pidieron en su momento una audiencia a las autoridades estatales, tanto del CEBA como de la propia secretaría de educación, el beneficio de la basificación. Como no se les fue otorgada y ante las arbitrariedades de aquéllas, decidieron optar por la vía legal.

Como parte del proceso legal, el Tribunal de los Trabajadores al Servicio del Estado y de los municipios exonera a la Segey de la pretensión legal de los trabajadores. Por ello promueven un amparo directo ante Tribunal Colegiado en materia de trabajo y administrativa del décimo cuarto circuito para combatir de fondo la sentencia emitida.

En el documento de sentencia, emitido el 29 de agosto de 2017, se ordena:

  1. Dejar subsistente el laudo reclamado.
  2. Que se dicte otro que resuelva sobre la basificación en virtud de que los afectados han laborado ininterrumpidamente y permanentemente desde su ingreso, por lo cual también se le debe reconocer su antigüedad.
  3. Que las pruebas documentales ofrecidas por la parte demandada carecen de valor probatorio.
  4. Condenar la inscripción y el pago de manera retroactiva las cuotas de seguro social.

Considera el Tribunal Colegiado que el tribunal yucateco emitió “… un laudo incongruente e ilegal”, que ha “… tergiversado lo establecido en el Reglamento de las Condiciones de Trabajo de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán, toda vez que al haberse acreditado fehacientemente que los trabajadores laboraron continua e ininterrumpidamente desde el mes de octubre de mil novecientos noventa y ocho para la C. Leticia Guadalupe Sánchez Vargas y el mes de septiembre de dos mil ocho en lo que respecta a los CC. Luis Fernando de la Cruz Herrera y Francisco Rafael Lope Ávila”.

Y señala de manera enfática:

Es de suma importancia, manifestar que el juicio laboral 116/2012 y acumulado, se ha prolongado ya por CINCO AÑOS… esta parte quejosa únicamente pretende no dilatar por más tiempo el procedimiento laboral, ya que un nuevo amparo directo en contra de este laudo solo ocasionará que siga pasando el tiempo en perjuicio de los trabajadores, ya que es injusto que el Tribunal responsable de manera cínica ignora lo ordenado por este Tribunal Colegiado en sus lineamientos, cuando estos fueron por demás claros y precisos”

Hasta el día de hoy el Tribunal de los Trabajadores al Servicio del Estado y de los municipios, no ha cumplido. Tampoco la autoridad responsable, la Secretaría de Educación Pública del Estado de Yucatán, lo ha hecho.

A pesar de que existe una resolución “por demás clara y precisa” las autoridades judiciales y ejecutivas se niega a otorgar lo que por derecho corresponde a los trabajadores.

Presumimos que estamos en el estado más seguro porque los índices de criminalidad de alto impacto no aumentan. Sin embargo, este caso nos invita a la reflexión en el tema de la seguridad judicial y de procuración de justicia.

¿De qué nos sirve vivir en el estado más seguro cuando se carece de instituciones que garanticen la legalidad y la justicia en sus decisiones? ¿En dónde queda el verdadero compromiso de respetar el Estado de Derecho?

En materia de amparo y protección federal ¿no debería suspenderse a las autoridades que no acatan las órdenes y sentencias de un órgano jurisdiccional federal, de mayor rango y de protección constitucional?

Hasta ahora el desamparo y la falta de justicia continua, de manera permanente y constante.