Inicio Noticias Internacional El Comité Constitucional sirio está estancado por desacuerdos sobre la agenda

El Comité Constitucional sirio está estancado por desacuerdos sobre la agenda

654

La segunda sesión del Comité Constitucional sirio, que tenía el objetivo de crear una nueva hoja de ruta política de posguerra para el país, no pudo despegar debido a la falta de consenso sobre la agenda, aseguró este viernes ante el Consejo de Seguridad el enviado especial de la ONU para el país.

Sin embargo, Geir Pedersen dijo a los embajadores que hay lecciones que aprender de la reunión del llamado órgano menor del Comité, celebrada en Ginebra a fines de noviembre.

“La última vez que informé a este Consejo, acabábamos de concluir una exitosa sesión de apertura del Comité Constitucional. Esta segunda sesión fue obviamente muy diferente en sustancia y tono, pero el desacuerdo en la agenda es típico de cualquier proceso político”, señaló.

Esperanza de acuerdo
Si bien el Comité completo está compuesto por alrededor de 150 personas, el órgano menor está compuesto por 45 representantes del Gobierno sirio, la oposición y la sociedad civil, que se reunieron inicialmente en Ginebra en octubre.

Pedersen había pedido a los dos copresidentes que presentaran sus propuestas de agenda antes de la segunda sesión, que comenzó el 25 de noviembre.

El plan de trabajo de la oposición, enviado el 21 de noviembre, presentaba diez títulos constitucionales y se centraba en el preámbulo de la constitución, así como en los principios básicos.

El 25 de noviembre, el Gobierno propuso una agenda que pedía la discusión de los “pilares nacionales” que preocupan al pueblo sirio, diciendo que las cuestiones constitucionales se abordarían después.

El enviado del Secretario General trabajó para facilitar el consenso entre las partes, pero no fue posible.

“Espero que se pueda llegar rápidamente a un acuerdo sobre una agenda que se ajuste a los Términos de Referencia y las Reglas de Procedimiento Básicas del Comité Constitucional. Tal como están las cosas, y en ausencia de una agenda acordada, no veo ninguna razón para convocar otra sesión del órgano menor”, apuntó.

Condiciones previas no permitidas
El enviado de la ONU describió al Comité Constitucional como “frágil” y afirmó que para que haya progreso, las partes deberán permitir que sus miembros trabajen profesionalmente en los temas constitucionales.

Además, cualquier agenda propuesta debe cumplir con los Términos de Referencia y las Reglas básicas de procedimiento, que las partes han acordado.

“Esto significa que todos los temas están abiertos a discusión dentro del Comité, sin condiciones previas y sin hacer que un tema dependa de la resolución de otro”, explicó. “Y también significa que las cuestiones deben enmarcarse y caer bajo un título constitucional”, agregó.

Pedersen  sostuvo que lo que sucedió en la segunda sesión solo subraya la necesidad de un proceso político más amplio e integral para Siria, que se ha visto envuelta en un brutal conflicto civil desde 2011.

“Si bien considero que un Comité Constitucional no puede resolver la crisis, puede ayudar a fomentar la confianza entre las partes, y eso puede abrir la puerta a un proceso más amplio que impactaría positivamente en el trabajo sobre las cuestiones constitucionales”, concluyó.

Mandato, estructura y formato del Comité
El mandato del Comité incluye la preparación y redacción de una reforma constitucional que requerirá aprobación popular y que ha de contribuir a la solución política del conflicto sirio. Entre sus facultades está la poder revisar la Constitución de 2012, enmendar el texto vigente o elaborar una nueva Constitución.

El Comité cuenta con dos copresidentes: uno designado por el Gobierno sirio y otro por la Comisión de Negociación Siria, el grupo que representa a la oposición. Ambos ejercerán por consenso las prerrogativas necesarias para garantizar el buen funcionamiento del Comité.

El órgano “menor” es el encargado de elaborar y redactar las propuestas constitucionales y el “mayor” de aprobarlas. Este último, podrá ser convocado, en paralelo o de forma periódica durante el transcurso de las tareas del órgano menor, para examinar y aprobar las propuestas.

Las decisiones de ambos órganos han de buscar el consenso de sus miembros, pero, en caso de no alcanzarlo, habrán de contar con la aprobación de un 75% de los integrantes de cada órgano (113 para el mayor y 34 en el menor).

 

Boletín de prensa de la ONU