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Entran en vigor reformas secundarias sobre ampliación de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa

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El Diario Oficial de la Federación publicó las modificaciones a dos códigos y siete leyes, todos relativos a la reforma del artículo 19 constitucional, de abril de 2019

 

Palacio Legislativo, 20-02-2021 (Notilegis).- Este sábado entraron en vigor las modificaciones a la leyes secundarias de la reforma al artículo 19 constitucional —publicada el 12 de abril de 2019— que amplió el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, entre ellos el feminicidio.

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó en su edición vespertina de ayer viernes, las reformas a dos códigos y siete leyes, los cuales son:

Los códigos Nacional de Procedimientos Penales y Penal Federal; las leyes generales en Materia de Delitos Electorales; de Salud; en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas; así como a las leyes federales para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos; de Armas de Fuego y Explosivos; contra la Delincuencia Organizada, y la Ley de Vías Generales de Comunicación.

Se incorporaron los delitos de feminicidio, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, abuso o violencia sexual contra menores de edad, corrupción, desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, robo al transporte de carga y delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.

 

 

 

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