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Impone Inaip Yucatán multa a la presidenta municipal de Calotmul

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Mérida, Yucatán, 25 de junio 2019.- Una multa de 150 Unidades de Medida (UMAS), que se traduce en 12,673.50 pesos, en contra de la presidenta municipal del Ayuntamiento de Calotmul, fue impuesta este día por el Pleno del Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (Inaip Yucatán) por incumplir con la resolución de un recurso de revisión sesionado el pasado 26 de noviembre del 2018, por el órgano garante.

Este tipo de medida de apremio es la primera que impone el órgano máximo del Inaip Yucatán desde la publicación de la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Yucatán.

En su exposición ante el Pleno, el Comisionado Presidente, Aldrin Martín Briceño Conrado, cuya ponencia fue encargada del caso, explicó que, en septiembre del año pasado, el ayuntamiento de Calotmul recibió una solicitud de información sobre la nómina de todos sus trabajadores, correspondiente a la primera quincena de septiembre del 2018. El ciudadano no obtuvo respuesta, por lo que interpuso un recurso de revisión ante el Inaip Yucatán, sesionado el pasado 26 de noviembre, en el que se resolvió revocar la respuesta del sujeto obligado, es decir, se determinó que el ayuntamiento debía dar respuesta correcta a la solicitud comentada.

Tras recibir la notificación correspondiente, el responsable de la Unidad de Transparencia, Lázaro Canul Tuz, entregó información proporcionada por la Tesorería Municipal, correspondiente a la nómina de los policías municipales y de empleados en general, del periodo 15 al 30 de abril del 2019. Sin embargo dicha información no correspondió a la que solicitó el ciudadano.

Dado que la alcaldesa resulta la superior jerárquica del responsable de la Unidad de Transparencia municipal, el Pleno determinó imponerle la multa, en razón de que la respuesta no resultó suficiente para cumplir con lo que se requirió en el recurso de revisión.

Briceño Conrado señaló que se aplica la multa mínima prevista en la Ley, en virtud que el ayuntamiento de Calotmul realizó diversas gestiones con las cuales intentó subsanar su proceder y acatar la resolución, pese a que no fueron suficientes, y tampoco ha sido reincidente en su conducta.

La cantidad que deberá ser pagada se notificará mediante oficio a la Agencia de Administración Fiscal de Yucatán, a efectos que dicha oficina pueda hacer efectiva la multa dentro de los quince días hábiles siguientes, contados a partir de su notificación al ayuntamiento.

En caso de que transcurrido el plazo para la ejecución de la multa impuesta no se hubiese dado cabal cumplimiento a la resolución del recurso de revisión por parte del sujeto obligado, se llevarán a cabo las gestiones que corresponden para hacer del conocimiento del Órgano de Control Interno del Ayuntamiento de Calotmul dicho incumplimiento, toda vez que pudiera estar incurriendo en una falta que amerita una sanción, como lo dicta la legislación local.

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