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Iniciativa de MC para trasparentar el uso de donativos recibidos tras desastres naturales

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El senador Samuel García Sepúlveda, de Movimiento Ciudadano, presentó una iniciativa para dar certeza a la ciudadanía de que los recursos donados tras un desastre natural serán usados con apego a la ley y se regirán por el principio de transparencia, del mismo modo que se sujetan los recursos públicos.
La exposición de motivos explica que debido a las características de la diversidad natural de nuestro país estamos expuestos también a sismos, tornados y otros fenómenos. Esta vulnerabilidad, apunta, coloca a los afectados en calidad de damnificados, de tal manera que requieren asistencia externa para su subsistencia, la cual suele llegar a través de donativos.
Nuestra legislación, detalla, define la donación como la aportación en dinero o en especie que realizan las diversas personas físicas o morales, nacionales o internacionales, a través de los centros de acopio autorizados o en las instituciones de crédito; así como las que se gestionan ante la Secretaría de Relaciones Exteriores y gobiernos de otros países para ayudar a las entidades federativas, municipios o comunidades en emergencia o desastre.
La Auditoría Superior de la Federación denunció que tras los sismos de 2017, el Estado no garantizó que los donativos fueran entregados en beneficio de la población damnificada, que existieron limitaciones en la normativa de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para regular y supervisar los fideicomisos, y que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Territorial careció de un padrón confiable sobre las viviendas afectadas.
La iniciativa considera inadmisible la falta de control y transparencia en los donativos e indica que la actual legislación es insuficiente para garantizar la gestión, manejo, uso e informe sobre la ejecución de este recurso.
La iniciativa busca dotar a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana con la facultad de emitir las bases y lineamientos para la gestión, recepción, administración, control y distribución de los donativos emanados de las diversas personas físicas o morales, nacionales o internacionales, que tengan como fin ayudar en caso de emergencia o desastre.
Deberá mantener actualizada y accesible, de forma impresa y digital, la información detallada de los donativos que reciba y gestione, a través de la unidad administrativa correspondiente y ante la Secretaría de Relaciones exteriores y las autoridades de otros países, además del informe detallado del ejercicio y destino final de estos recursos. Serán sujetos obligados a transparentar y permitir el acceso a su información quienes gestionen ante la Secretaría de Relaciones Exteriores y las autoridades de otros países, la recepción y envío de apoyos internacionales.
La iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XX Bis al artículo 30 Bis, recorriéndose las subsecuentes en su orden, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y reforma el artículo 23 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fue turnada directamente a las Comisiones Unidas de Gobernación; y de Estudios Legislativos, Segunda.
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