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Ley Federal de Austeridad Republicana, en vigor a partir de este 20 de noviembre

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El Diario Oficial de la Federación publica este martes el decreto que expide la nueva legislación

 

Palacio Legislativo, 19-11-2019 (Notilegis).- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este martes el decreto que expide la Ley Federal de Austeridad Republicana, aprobado por el Congreso de la Unión el pasado 8 de octubre.

 

El nuevo ordenamiento legal, conformado por 30 artículos divididos en cuatro títulos, entrará en vigor mañana miércoles 20 de noviembre.

 

La Ley Federal de Austeridad Republicana “tiene por objeto regular y normar las medidas de austeridad que deberá observar el ejercicio del gasto público federal y coadyuvar a que los recursos económicos de que se dispongan se administren con eficacia, eficiencia, economía, transparencia y honradez, conforme lo establece el artículo 134 de la Constitución Política”.

 

Define a la austeridad republicana como “conducta republicana y política de Estado que los entes públicos, así como los poderes Legislativo y Judicial, las empresas productivas del Estado y sus empresas subsidiarias, y los órganos constitucionales autónomos, están obligados a acatar de conformidad con su orden jurídico, para combatir la desigualdad social, la corrupción, la avaricia y el despilfarro de los bienes y recursos nacionales, administrando los recursos con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados”.

 

Estipula que para aplicar la política de austeridad republicana, los entes públicos deberán abstenerse de afectar negativamente los derechos sociales de los mexicanos; enfocar las medidas de austeridad preferentemente en el gasto corriente no prioritario, y evitar reducir la inversión en la atención a emergencias y desastres naturales o provenientes de la actividad humana.

 

Establece que los servidores públicos de mando superior que se separen de su cargo “no podrán ocupar puestos en empresas que hayan supervisado, regulado o respecto de las cuales hayan tenido información privilegiada en el ejercicio de su cargo público, salvo que hubiesen transcurrido al menos 10 años”.

 

Prohíbe la contratación, con recursos públicos, de cualquier tipo de jubilaciones, pensiones y regímenes especiales de retiro, de separación individualizada o colectiva, así como seguros de gastos médicos privados, seguros de vida o de pensiones que se otorguen en contravención a lo dispuesto en decreto o alguna disposición general, condiciones generales de trabajo o contratos colectivos de trabajo.

 

Agrega que, por ningún motivo, se autorizarán pensiones de retiro al titular del Ejecutivo federal adicionales a la provista por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), correspondiente al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

 

En su régimen transitorio se estipula la prohibición y cancelación de cualquier tipo de pensión que se hubiere creado exprofeso para el beneficio de los expresidentes de la República, así como la asignación para éstos de personal civil o de las Fuerzas Armadas, y de bienes muebles o inmuebles del patrimonio federal.

 

Asimismo, se ordena a los entes públicos ajustar, en un plazo máximo de 180 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del decreto, sus marcos normativos conforme a lo establecido en la Ley Federal de Austeridad Republicana, y realizar los cambios necesarios para implementar las compras consolidadas en la adquisición de bienes y servicios, así como en la contratación de obra pública.

 

El decreto que expide la Ley Federal de Austeridad Republicana también reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes General de Responsabilidades Administrativas y Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

 

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