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PRD y PAN: la demagogia de la consulta popular

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En estos días se pone de moda el tema de la consulta popular. Un nuevo instrumento legal que busca el involucramiento de la ciudadanía en los procesos de toma de decisión en la creación o cambio de leyes. Los tres principales partidos políticos se aprestan para hacer valer ese derecho, cada uno con un tema específico.

Sin embargo el tema no es nuevo. En el Estado de Yucatán el Código Civil del Estado de Yucatán se modificó en 2009 por la iniciativa que presentaron diversas organizaciones civiles que conforman la Red ProYucatán A.C. En aquella ocasión se logró conseguir las firmas, con copias de credencial de elector, para hacer un cambio en la legislación civil y establecer que el matrimonio es una figura jurídica que se conforma por un hombre y una mujer. Algunos afirmaron que tal medida cerraba el camino a los matrimonios entre personas del mismo sexo. Para la Red ProYucatan y los ciudadanos que pusieron su firma la propuesta consolida la conformación del núcleo familiar como eje fundamental de la sociedad.

En las últimas fechas, aún y a pesar de que se logró cumplir con el requisito. Se legisló con amplia mayoría sobre el tema, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha amparado y obligado a la autoridad civil del Estado al registro de matrimonio entre el mismo sexo. Se podrá decir que la medida cumple con la máxima constitucional que no debe haber discriminación por cuestiones de preferencias sexuales; sin embargo, es muy claro que los principios por los cuales se decide estos casos contrarían lo que la sociedad, en un ejercicio legal y fundamentado igualmente en la Constitución decide y la autoridad legislativa avala con su aprobación.

Esto nos lleva a pensar si en verdad hay una utilidad en lo que pueda determinar una consulta popular que se regula con la Ley Federal de Consulta Popular, fundamentada en el artículo 35 de la Carta Magna.

Es muy claro que en la vida privada, en los negocios se requiere siempre de una organización, y por lo tanto, surge la figura del jefe o autoridad que no siempre es el más querido por las órdenes que emite. En el orden social, la autoridad se dice debe ser representativa de la sociedad. Lo que lo vincula con la satisfacción de las necesidades sociales, al mismo tiempo, que por principio de pacto social, poseer la capacidad, facultad y fuerza para hacer valer un orden jurídico.

En un sentido muy amplio, en el sistema democrático se cree que los que asumen un cargo de elección popular lo hicieron ganando una elección, que a su vez representa la decisión de un pueblo en cuanto hay un programa o plataforma política que contiene las líneas de acción a emprender al poseer el puesto ganado.

La consulta popular es un ejercicio más que se pone a disposición para buscar que sea la sociedad quien pueda influir en las decisiones de gobierno. Esa consulta puede ser canalizada desde la propia sociedad organizada, por los partidos políticos que representan a la sociedad y hasta las autoridades de gobierno.

Primero fue el PRD que por plataforma avalada por una elección de alrededor del 30 por ciento busca revertir por mandato ciudadano la Reforma Energética. Valdría la pena cuestionar ¿si el pueblo tiene la capacidad técnica suficiente para hacer valer su opinión sobre un tema industrial, económico, de envergadura contable y principios de crecimiento y desarrollo?

El pacto social propuesto por Juan Jacobo Rousseau contemplaba que ante la incapacidad de un pueblo de gobernarse por sí sólo se requería de la creación de las instituciones de gobierno, que recibiendo el encargo de los ciudadanos ejerce la responsabilidad de gobierno garantizando la paz, la armonía y el bien colectivo de la sociedad a la que sirve.

Por otro lado el PAN igualmente lanza otra convocatoria para elevar el salario mínimo y recuperar su dignidad y capacidad adquisitiva. Si algo hemos aprendido los mexicanos que el aumento del circulante económico sin el aval de una infraestructura que lo soporte ha sido el gran mal que ocasionó en no lejanos tiempos crisis económicas recurrentes. ¿Basta un simple decreto para que el sistema económico suba salarios? ¿No estamos abriendo con ello la posibilidad de una nueva crisis y así tener a quien culpar de la incapacidad de control económico?

En ambas no puedo yo como ciudadano firmar. Sería irresponsable de mi parte contribuir a un retroceso legal que impide los cambios que como nación requerimos realizar para ser más competitivos, y con ello, más productivo. Los cambios de apertura comercial en el tema energético son necesarios en el mundo global y tecnológico. Responde a las exigencias de modernización, que nos guste o no son parte de un sistema económico mundial.

Por otro lado, es muy cierto que no por decreto se va a aumentar la productividad, la infraestructura y con ello los salarios mínimos. Al final queremos vivir un país en paz y con estabilidad económica. Lo último mantenida a pesar de las crisis mundiales que nos han afectado de una u otro manera. Es curioso que hoy quienes fueron responsables de ese proceso económico hoy quieran en poner en peligro lo que han construido. Pero solo nos confirma que en la lucha por el poder todo se vale, inclusive criticar hoy lo que no se hizo antes, o en este caso, exigir lo que sabemos en peligroso para el país. El objetivo pareciera, es llevar a una situación donde se salga de control la acción de gobierno para así tener la “suya culpa”, y con ello, la rentabilidad electoral.

Falta analizar bien si es posible que en ambos temas se logre un 40 por ciento de votación en un sentido que obligue a la autoridad competente a realizar los cambios que se proponen en la consulta. La segmentación de las fuerzas políticas del país entre los tres partidos queda en un 33 por ciento para cada uno. Su labor entonces es titánica, más allá que por efectuarse la consulta en un proceso federal todos los electores tengan en su mano una boleta para emitir su respuesta a la consulta popular. La Ley Federal de Consulta Popular es muy clara, para determinar ese 40 por ciento que la hace vinculante y obligatoria se considera el total de la lista nominal de electores, no del total de votos o respuestas emitidas.

Si la participación en un proceso intermedio no siempre se logra una gran participación, la situación para hacer obligatoria se complica aún más.