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Saluda PAN aval a reforma del Código Penal para sustituir el término “potencia amiga” por “nación extranjera”

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Esta modificación resulta acorde al derecho internacional; con ello demostramos que México es un país abierto a la construcción pacífica de acuerdos, señala Pilar Ortega

Mariana Dunyaska García Rojas, promovente de la iniciativa, sostiene que dicha reforma es en pro del respeto de todos los países

 

Palacio Legislativo, 27-03-2021 (Notilegis).- El Grupo Parlamentario del PAN saludó que la Cámara de Diputados haya avalado su propuesta de reformar el Código Penal Federal para sustituir el término “potencia amiga” por el de “nación extranjera”, con relación a todo ataque o violencia de cualquier género a los escudos, emblemas y pabellones.

En un comunicado, sostuvo que México es un país que sigue siendo una nación abierta a la construcción pacífica de acuerdos en las instancias internacionales y tiene un compromiso con garantizar que se respeten a todas las naciones.

Recordó que la diputada Pilar Ortega Martínez, al fundamentar el dictamen, aseguró que el concepto de potencia es excluyente y uno de los principios que rigen al derecho internacional público es el de la igualdad soberana de los estados.

Expuso que la modificación establece sancionar todo ataque o violencia de cualquier género a los escudos, emblemas o pabellones de otra nación extranjera.

“Modificar dicho concepto por el de nación extranjera resulta acorde al derecho internacional, y con ello demostramos que México es un país abierto a la construcción pacífica de acuerdos”, apuntó la presidenta de la Comisión de Justicia.

Por su parte, la diputada Mariana Dunyaska García Rojas, promovente de la iniciativa, sostuvo que dicha reforma tiene como finalidad sustituir del Código Penal Federal, la referencia de potencia amiga, por otra nación extranjera, en pro del respeto de todos los países.

Explicó que las relaciones internacionales tienden a revisarse de manera democrática ente sus partícipes, que bien pueden ser llamados países, Estados o naciones, pero en ningún caso deben ser enunciados con calificativos que tengan alusión a ningún tipo de potencial que diferencie a unos de otros, con adjetivos subjetivos que tienen un origen afectivo.

“Es así que los principios y valores referidos entran en contradicción con el artículo 148 del Código Penal Federal, en el cual se prevén las sanciones con motivo de ataques o violencia de cualquier género a los escudos, emblemas o pabellones de una potencia amiga”, agregó.

Conceptos tales como potencia extranjera hace una clara diferenciación entre los países con recursos, poder y fuerza y los países que no lo tienen. Dicho concepto resabio de la Guerra Fría es ejemplo de discriminación entre países.

Además, dijo, al referir a una potencia amiga se debe recordar que la amistad es un concepto subjetivo no aplicable a la diplomacia mexicana.

 

 

 

 

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