El ministro de la Suprema corte de Justicia de la Nación, Artura Zaldivar Lelo de Larrea, sentenció que ningún familiar, persona o pareja sentimental puede revisar tu celular, correo electrónico y cualquier tipo de comunicación privada, sin tu consentimiento y plena autorización.
A través de un post en la red social “twitter”, la cuenta oficial de la Suprema Corte determina y señala los puntos de este nuevo decreto.
Sustraer o apoderarse de correos electrónicos ajenos, sea entre cónyuges o miembros de la misma familia, es contrario al derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas. ADR 1621/2010 🔗 https://t.co/2HzXaKYPVI pic.twitter.com/x6P5c4Nqst
— Suprema Corte (@SCJN) May 23, 2019
“Para salvaguardar el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, se determinó que está prohibido grabar, almacenar, leer o registrar, sin el consentimiento de los interlocutores, una comunicación ajena”. Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Este fallo fue emitido por el máximo órgano judicial, luego de analizar el caso de un hombre que imprimió 343 correos electrónicos de su esposa, par presentarlos como prueba ante un juez y así demostrar el adulterio de su pareja, obteniendo al final el divorcio y la custodia de sus hijos.