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Tribunal Electoral Federal desarticula a Renán Barrera

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Cuando el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), antes Trife, dio a conocer la asignación de los diputados plurinominales definitivos, el alcalde de Mérida, Renán Barrera Concha y asociados,  quedó desarticulado, al sufrir un severo golpe político, no el último sin duda, pero quizá uno muy doloroso, tal vez más doloroso del que recibió cuando horas antes el Alcalde Electo Mauricio Vila Dosal, anunció la re estructuración del gobierno municipal, dando por hecho un rompimiento con la continuidad.

Al quedar fuera Josue Camargo y Yahayra Centeno, así como Paloma Angulo, Renán Barrera se queda sin defensa ante la arremetida que seguro habrá en su contra desde el Congreso del Estado, en especial en diciembre próximo cuando haya que aprobarle o no, sus cuentas públicas. Renán ya no contará con sus ahijados, sus alfiles.

La decisión del Tribunal es un acto que impacta en el “poder” político de Renán Barrera, que nunca se imaginó terminar su gestión repudiado y condenado a ser un político de quinta, por su mala administración, por su carencia de oficio político y por su insensibilidad e irresponsabilidad política.

Esta resolución definitiva, deja vulnerable la humanidad política del otrora “poderoso” alcalde de Mérida. No pudo ser diputado federal plurinominal, no pudo vencer a Raúl Paz para obtener la diputación plurinominal estatal y no pudo ser el presidente del CDE de su partido, el PAN.

La pregunta ahora es, ¿quién quiere ser ahijado de Renán Barrera?. Aún tiene a Elias Lixa como diputado vocero desde la LXI Legislatura. A ver cómo le va.

En boletín, el Tribunal explica el resolutivo final que le quita a Renán Barrera personeros que desde el Congreso del Estado le brindarían todo su apoyo.

Boletín:

En sesión pública de resolución de 24 de agosto del año en curso, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán relativa a la asignación de diputados por el principio de representación proporcional (RP) del Partido Acción Nacional (PAN) realizada por el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de la citada entidad federativa.

El Pleno de la Sala Regional arribó a tal determinación al señalar que el Tribunal local indebidamente fundamentó y motivó la integración de la lista definitiva de candidaturas a diputados de RP, toda vez que omitió observar el principio de paridad de género al conformar dicha lista de asignación.

De esta manera, razonó de forma equivoca que debía prevalecer el porcentaje de la votación obtenida por los candidatos, en lugar de realizar una interpretación a la Constitución y los tratados internacionales en materia de derechos humanos, para hacer armónico y funcional el sistema. Máxime que los partidos políticos, las autoridades administrativas y jurisdiccionales en la materia están constreñidos a cumplir y acatar el referido principio, conforme a las disposiciones internacionales, constitucionales y legales explicitadas.

Dado lo anterior, los magistrados federales ordenaron modificar la asignación de diputados por RP y con ello, revocaron las constancias otorgadas a favor de Josué David Camargo Gamboa y Rafael Gerardo Montalvo Mata. En su lugar ordenaron la expedición de las constancias correspondientes a las fórmulas encabezadas por: Raúl Paz Alonzo, María Beatriz Zavala Peniche, Ramiro Moisés Rodríguez Briceño, Natalia Mis Mex, Manuel Jesús Argaez Cepeda y Cinthya Noemí Valladares Couoh.