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Una opinión de Enrique Vidales, sobre la reforma para modificar la Constitución Política del Estado de Yucatán

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La semana pasada, en este mismo semanario político, la Barra de Abogados dirigida por el Abog. Luis Emilio Cetina Morales, presentó un análisis muy detallado de las fortalezas de la propuesta del Ejecutivo.
Ya en otros momentos se ha enfatizado la importancia de la figura de presunción de inocencia, que aún cuando es parte de las Garantías Individuales en forma fáctica no se respeta por las reglas procesales. Otra de las ventajas es la profesionalización de la defensoría pública que nos permita una mayor certeza jurídica en los procesos penales.
Sin embargo, hay elementos mucho más de fondo y estructurales que se desprende del análisis al que hice referencia anteriormente. Para el orden legal se reconoce una jerarquía de orden y competencia de todo el marco jurídico mexicano en los ámbitos federal y estatal. De este modo, en ámbito de validez espacial federal se tiene como ley suprema a la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, documento soberano al que se le aplica el principio de supremacía constitucional, la que lo convierte en el máximo orden legal sobre la cual no puede existir otro orden normativo.
Gracias a un yucateco, al Abog. Manuel Crescencio Rejón creador de la figura del amparo, es que los mexicanos contamos con el instrumento para defendernos de los actos de autoridades que vulneran algún precepto de la constitucional. Depositado en los órganos del Poder Judicial, el amparo, es un recurso legal que restablece las situaciones al punto antes de la violación a cualquiera de los preceptos constitucionales.
De este modo, en la aplicación en sentido estricto de la división de los poderes, la Suprema Corte de Justicia, depositaria del Poder Judicial de la Federación, se convierte en el poder equilibrador de la estructura del Estado mexicano. Es la Suprema Corte de Justicia el órgano que vigila la correcta aplicación del orden normativo constitucional. En los últimos tiempos, cuando la democracia se va fortaleciendo en el país, y con ello, la alternancia en el poder de distintas fuerzas políticas, el papel de la Suprema Corte y de los tribunales federal, también se ha jugado un papel más activo en el análisis de las decisiones y actuaciones de los gobiernos cuando entran en contradicciones con otros intereses políticos.
Todo lo anterior es solo la base para entender el fondo de lo que se pretende hacer en Yucatán. Si bien tenemos una Constitución Política que nos define reglas normativas sobre la vida política de la entidad, no es extraño que siempre se haga referencia para resolver casos netamente estatales del contenido de la Carta Magna, de la Constitución Federal.
La incorporación de la figura de supremacía constitucional en el ámbito de validez especial para sus efectos jurídicos en la entidad, abre un nuevo horizonte legal al convertir al Tribunal Superior de Justicia de Yucatán – Poder Judicial – en garante de la misma Constitución Política local. Con ello se podría, lo que es positivo, abrir el camino hacia la resolución de conflictos legales surgidos de la actuación de instancias de gobierno dentro de los límites geográficos de la entidad.
Hay que entender que la democratización ha traído la alternancia, donde hoy más que nunca los ciudadanos yucatecos, que se han caracterizado por alta participación en el voto, son quiénes tomamos la decisión de quién se queda o quién se va de la gestión pública del poder. De este modo, hay diferentes protagonistas en la actuación pública, por lo que no se ha podido evitar la diferenciación, que ha caído no en pocos casos en confrontación directa, donde al final son las oportunidades de crecimiento y desarrollo las sacrificadas.
Por lo tanto, la propuesta es sana en virtud de facultar a los órganos de gobierno y jurisdiccionales de los instrumentos e instancias legales para cumplir los objetivos que consoliden el Estado de Derecho en la entidad: robustecer nuestra autonomía sin contravenir la soberanía constitucional para dotar de mayor certeza jurídica a Yucatán en correspondencia a la realidad democrática de la entidad.