La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares a favor de Ana Marcela Valverde Cisne y María Dolores González Martínez, detenidas en Nicaragua desde el 14 de julio de 2026, ante la falta de información oficial sobre su paradero y estado de salud. El organismo consideró que ambas enfrentan una situación de gravedad y urgencia que pone en riesgo sus derechos a la vida, la integridad personal y la salud, por lo que pidió al Estado nicaragüense adoptar medidas inmediatas para protegerlas.

La CIDH anunció el 27 de octubre de 2026 la adopción de la Resolución 86/2026, aprobada el día 24 del mismo mes. La decisión responde a una solicitud que alertó sobre la situación de las dos mujeres, quienes habrían sido detenidas por agentes policiales en sus respectivos domicilios, ubicados en León y Managua.

Desde las detenciones, sus familiares no habrían recibido información oficial sobre los lugares en los que permanecen, las condiciones de reclusión ni su estado de salud. Según la información presentada ante la Comisión, los allegados realizaron distintas gestiones ante instituciones estatales para localizarlas, sin obtener respuestas que permitieran conocer su situación.

La CIDH señaló que el Estado de Nicaragua no proporcionó información en respuesta a los requerimientos del organismo, lo que impidió verificar si se habían adoptado medidas para reducir los riesgos que enfrentan las beneficiarias.

Familiares buscaron información en dependencias policiales y penitenciarias

De acuerdo con la resolución, después de las detenciones los familiares acudieron a diversas instalaciones para intentar determinar dónde estaban recluidas las mujeres y conocer sus condiciones actuales.

Entre las dependencias consultadas figuran la Delegación Policial Departamental de León, los distritos I, II, III, IV y VI de la Policía Nacional, la Dirección de Auxilio Judicial, conocida como “El Chipote”, y el Establecimiento Penal Integral de Mujeres.

Sin embargo, las gestiones no permitieron establecer oficialmente el paradero de Ana Marcela Valverde Cisne y María Dolores González Martínez ni determinar si reciben atención médica adecuada.

La Comisión también destacó que ambas tendrían condiciones de salud preexistentes, un factor que aumenta la preocupación por su situación mientras permanecen privadas de libertad sin información verificable sobre el acceso a medicamentos y tratamientos.

La CIDH solicita seis medidas de protección

Al evaluar la información recibida, la Comisión concluyó que existe un riesgo grave de daño irreparable para los derechos de las dos mujeres. Por ello, con fundamento en el artículo 25 de su Reglamento, solicitó al Estado de Nicaragua implementar seis medidas principales.

1. Determinar su paradero y situación actual. Las autoridades deberán adoptar las medidas necesarias para establecer dónde se encuentran ambas mujeres y proteger sus derechos a la vida, la integridad personal y la salud, con perspectiva de género.

2. Informar sobre su posible custodia. El Estado deberá precisar si permanecen bajo custodia oficial, explicar las circunstancias de sus detenciones e identificar los lugares donde se encuentran, garantizando el acceso de sus familiares y representantes legales.

3. Comunicar los motivos de las detenciones. La CIDH pidió que se informen formalmente las razones de las privaciones de libertad, los delitos que presuntamente se les atribuyen y las autoridades judiciales responsables de sus casos.

4. Garantizar atención médica integral. Se solicita una evaluación inmediata de su estado de salud, así como acceso a servicios médicos básicos y especializados, medicamentos, tratamientos e información pertinente sobre su atención.

5. Coordinar las medidas de protección. Las acciones que se adopten deberán acordarse con las beneficiarias y sus representantes, en la medida en que las circunstancias permitan su participación.

6. Investigar los hechos y prevenir su repetición. Las autoridades deberán informar sobre las actuaciones realizadas para investigar los hechos que motivaron la resolución y evitar que situaciones similares vuelvan a ocurrir.

Medidas cautelares no constituyen una sentencia

La CIDH aclaró que la concesión de estas medidas y su eventual implementación por parte del Estado nicaragüense no representan un pronunciamiento definitivo sobre una posible violación de derechos humanos. Tampoco prejuzgan el resultado de una eventual petición que pudiera presentarse ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

Las medidas cautelares buscan prevenir daños irreparables cuando existen circunstancias de gravedad y urgencia. En este caso, la falta de información sobre el paradero de las mujeres y las dudas acerca de su acceso a atención médica fueron elementos centrales para la decisión del organismo.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos es un órgano autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), encargado de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región. Está integrada por siete miembros independientes elegidos por la Asamblea General de la organización, quienes actúan a título personal y no representan a sus países de origen o residencia.