La Comisión Interamericana de Derechos Humanos presentó ante la Corte Interamericana el caso de Luis Fernando García García, quien murió en 1985 tras ser detenido por agentes militares en Ecuador. La CIDH determinó que fue víctima de detención arbitraria y tortura, y señaló que la investigación estuvo marcada por irregularidades e impunidad.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) informó que el 1 de septiembre de 2026 sometió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el caso de Luis Fernando García García y su familia contra Ecuador. Los hechos se remontan a 1985, cuando el hombre fue detenido por militares y posteriormente murió mientras permanecía bajo custodia.

El expediente se originó en una petición presentada ante la CIDH en mayo de 2004. De acuerdo con los antecedentes, García García trabajaba como estibador en el Aeropuerto Simón Bolívar y fue detenido en el marco de una investigación militar por la presunta sustracción de una cámara fotográfica.

Durante su reclusión en una base de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, ubicada en la provincia de Guayas, comunicó a su esposa que había sido torturado. Según los testimonios incorporados al caso, presentaba lesiones relacionadas con golpes, descargas eléctricas, ahogamientos y ataduras.

La investigación presentó irregularidades

Los familiares cuestionaron la primera autopsia, que atribuyó el fallecimiento a un infarto. Sin embargo, una exhumación posterior concluyó que la muerte se produjo por múltiples traumatismos.

El caso fue investigado en la jurisdicción penal militar. En 1994 se dictó prisión preventiva contra dos personas señaladas como implicadas y, en 1996, ambas fueron declaradas responsables del delito y condenadas a tres años de prisión. Las resoluciones fueron ratificadas en 1997.

No obstante, la CIDH señaló que las decisiones judiciales no fueron notificadas a los familiares y que no existe constancia de que las condenas se hayan ejecutado efectivamente.

La CIDH acreditó la detención arbitraria y los actos de tortura

En su Informe de Fondo No. 100/22, la Comisión concluyó que la detención de García García fue ilegal y arbitraria, ya que se realizó sin orden judicial, sin que existiera flagrancia y sin pruebas que acreditaran la comisión de un delito. Además, no se le informaron los motivos de su arresto ni fue presentado ante una autoridad judicial.

La Comisión sustentó sus conclusiones sobre la tortura en las declaraciones de la esposa de la víctima, testimonios de oficiales e informes médicos. También determinó que existía una relación causal entre los actos de tortura y el fallecimiento.

Entre los elementos examinados se encuentran testimonios que señalaron que García García fue golpeado y arrojado a una piscina, los resultados de la autopsia realizada después de la exhumación y el informe de la Comisión de la Verdad.

La CIDH consideró que los hechos debieron investigarse en la jurisdicción penal ordinaria, ante autoridades independientes e imparciales, y no en el fuero militar. Asimismo, concluyó que el Estado ecuatoriano incumplió su obligación de prevenir y sancionar la tortura, además de vulnerar la garantía de un plazo razonable, debido a que el proceso se prolongó durante 12 años.

Solicitan reparación para la familia

La Comisión determinó que Ecuador es responsable por la violación de los derechos a la vida, la integridad personal, la libertad personal, las garantías judiciales y la protección judicial, reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. También identificó incumplimientos de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, en perjuicio de García García y sus familiares.

Ante la Corte IDH, la CIDH solicitó que se ordene una reparación integral por las violaciones acreditadas, con compensaciones y medidas de satisfacción acordadas con la familia. También pidió garantizar atención médica y psicológica a los familiares.

Entre las medidas propuestas figura realizar una investigación diligente, imparcial y efectiva para esclarecer los hechos e imponer las sanciones correspondientes. La Comisión pidió que no se apliquen figuras como la prescripción o la cosa juzgada, ni otros mecanismos que impidan determinar responsabilidades en este caso.

Además, solicitó que Ecuador implemente programas permanentes de capacitación para las fuerzas militares sobre los estándares interamericanos relativos a la libertad personal, el derecho a la vida y la prohibición de la tortura.

La presentación del caso ante la Corte Interamericana busca que el tribunal determine las medidas de reparación correspondientes a partir de las violaciones identificadas por la Comisión.