La Comisión Interamericana de Derechos Humanos advierte que mujeres, niñas y adolescentes indígenas enfrentan riesgos diferenciados de violencia durante el despojo de sus territorios, el desplazamiento y los procesos de reasentamiento.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hizo un llamado a los Estados de América para reforzar la protección de mujeres, niñas y adolescentes indígenas que son obligadas a abandonar sus territorios, al advertir que el desplazamiento forzado puede profundizar situaciones de violencia, explotación y pérdida de vínculos comunitarios y culturales.

En el marco del Día Internacional de la Mujer Indígena, la Comisión planteó que las respuestas gubernamentales no pueden limitarse a atender las consecuencias inmediatas del desplazamiento. Por el contrario, deben incorporar enfoques interseccionales, étnico-raciales y de género que permitan identificar las condiciones particulares que enfrentan estas poblaciones.

El llamado adquiere relevancia frente a la dimensión mundial del fenómeno. De acuerdo con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), al cierre de 2025 había 117.8 millones de personas desplazadas por la fuerza en el mundo debido a persecución, conflictos, violencia, violaciones de derechos humanos y otras circunstancias graves. La cifra representó una disminución respecto de 2024, pero mantuvo el desplazamiento forzado en niveles históricamente elevados.

En las Américas, la situación tampoco es menor. Según datos del ACNUR, a mediados de 2025 la región albergaba a más de 21.8 millones de personas desplazadas por la fuerza y apátridas, alrededor de 18 por ciento del total mundial. Colombia, México, Centroamérica, la región andina y el Caribe figuran entre los espacios donde persisten distintos factores de expulsión y movilidad forzada.

Sin embargo, la CIDH advierte que existe un problema adicional: muchos Estados todavía carecen de información suficientemente desagregada por pertenencia étnica, sexo, género y edad. Sin esos datos, resulta difícil saber cuántas mujeres, niñas y adolescentes indígenas están siendo desplazadas y, sobre todo, cuáles son los riesgos específicos que enfrentan.

Y es que el desplazamiento no comienza necesariamente cuando una familia abandona su comunidad. En numerosos contextos, explica la Comisión, la expulsión está precedida por procesos de despojo territorial, violencia, amenazas, invasiones y deterioro de las condiciones de vida.

Entre los escenarios identificados se encuentran los conflictos armados, el reclutamiento forzado de niñas y adolescentes, la invasión de territorios indígenas para actividades de extracción de oro y madera, los proyectos de desarrollo o inversión ejecutados sin consulta previa, libre e informada y la contaminación ambiental vinculada con la minería ilegal.

Estos factores pueden convertirse en una cadena de vulnerabilidades. Una comunidad pierde el control de su territorio, las familias se desplazan y, durante el trayecto o en los lugares de llegada, aparecen nuevos riesgos. La precariedad económica y la falta de redes de protección pueden facilitar situaciones de explotación laboral, trata de personas y violencia sexual.

La CIDH también ha recibido información sobre agresiones sexuales contra mujeres, niñas y adolescentes indígenas desplazadas. Según los reportes examinados por el organismo, algunos de estos hechos estarían relacionados con invasiones territoriales y con mecanismos de sometimiento y asimilación cultural, mientras que otros se producen cuando grupos o individuos aprovechan las condiciones de vulnerabilidad generadas por el desplazamiento.

La violencia de género, además, no debe entenderse únicamente como una consecuencia del desplazamiento. La propia Comisión ha advertido que en determinados casos la violencia contra mujeres y niñas constituye uno de los factores que provoca que las personas abandonen sus comunidades.

La situación puede agravarse durante los desalojos forzosos. La CIDH ha documentado información sobre casos de violencia sexual contra mujeres indígenas en este tipo de operaciones y ha señalado que una parte importante de estas agresiones no llega a denunciarse formalmente.

Por ello, el problema también alcanza al acceso a la justicia. Cuando una mujer indígena desplazada enfrenta barreras lingüísticas, económicas, geográficas o culturales para denunciar una agresión, el riesgo de que el delito permanezca impune aumenta. La respuesta estatal, sostiene la Comisión, debe considerar esas circunstancias y garantizar mecanismos accesibles y culturalmente adecuados.

El marco jurídico interamericano establece obligaciones concretas. La Convención de Belém do Pará exige a los Estados actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra las mujeres y prestar especial atención a situaciones de vulnerabilidad. A ello se suman los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos y la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

Estos instrumentos apuntan hacia una misma dirección: la protección no puede diseñarse al margen de las comunidades afectadas. Las mujeres, niñas y adolescentes indígenas deben participar de manera plena y culturalmente adecuada en las decisiones relacionadas con su protección, retorno, reasentamiento y reparación.

La experiencia regional muestra por qué ese enfoque resulta necesario. En Colombia, por ejemplo, la CIDH ha advertido que la violencia de grupos armados puede provocar desplazamientos masivos y afectar de manera particular a comunidades indígenas, mientras que en Nicaragua ha documentado violencia, inseguridad y desplazamiento de pueblos indígenas y afrodescendientes en contextos de disputas territoriales e invasiones.

La Comisión también ha insistido en que la pérdida del territorio no representa únicamente la pérdida de una propiedad. Para los pueblos indígenas, el territorio está estrechamente relacionado con la identidad, la cultura, las formas de organización, la alimentación y la continuidad de la vida comunitaria.

De ahí que la CIDH solicite a los Estados fortalecer las medidas de prevención, protección y retorno con perspectiva intercultural y de género. También pide garantizar el acceso efectivo a la justicia, la salud y la educación para las mujeres, niñas y adolescentes indígenas desplazadas.

Otro de los puntos centrales es mejorar los sistemas de registro. Contar con estadísticas que distingan sexo, edad y pertenencia étnica permitiría conocer con mayor precisión la magnitud del fenómeno y diseñar políticas públicas que no traten a todas las personas desplazadas como un grupo homogéneo.

Finalmente, la Comisión plantea que las soluciones duraderas deben reconocer los saberes, las formas de organización y el derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas. Esto implica que el retorno o el reasentamiento no pueden reducirse a entregar un lugar donde vivir: deben contemplar seguridad, dignidad, recuperación de derechos y condiciones para reconstruir la vida comunitaria.

La advertencia de la CIDH coloca así el desplazamiento forzado de mujeres indígenas en una perspectiva más amplia. No se trata únicamente de una emergencia humanitaria, sino de un problema que involucra territorio, violencia de género, derechos colectivos, justicia y supervivencia cultural. Para los Estados, el desafío consiste en actuar antes de que el despojo obligue a las comunidades a abandonar sus hogares y en garantizar que quienes ya fueron desplazadas puedan recuperar sus derechos sin quedar atrapadas en nuevas formas de violencia y exclusión.