La Comisión Interamericana de Derechos Humanos pidió a la Corte Interamericana adoptar medidas provisionales para proteger a nueve personas privadas de libertad en Nicaragua, tras advertir riesgos para su vida e integridad y señalar que no recibió información estatal que demostrara la aplicación de medidas de protección efectivas.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó este 16 de septiembre a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) medidas provisionales para nueve personas que permanecen privadas de libertad en Nicaragua y cuya situación, según el organismo, presenta condiciones de extrema gravedad y urgencia ante el riesgo de daños irreparables a sus derechos.
Los beneficiarios son Walter José Balmaceda Ruiz, Jairo Alberto Obando Delgadillo, Eddy Antonio Gutiérrez Delgadillo, Zacarías Cano Angulo, Rosendo Antonio Huerta González, Leonel Antonio Poveda Palacios, José Olivar Meza Raudez, Wilfredo Balmaceda Castrillo y José Ricardo Cortez Dávila. La CIDH señala que permanecen en el centro penitenciario Jorge Navarro, conocido como «La Modelo».
La solicitud ante la Corte IDH llega después de que la Comisión otorgara medidas cautelares a favor de las nueve personas el 12 de diciembre de 2025. De acuerdo con el organismo, durante la vigencia de esas medidas solicitó información al Estado nicaragüense sobre las acciones adoptadas para reducir los riesgos, pero no recibió una respuesta que acreditara medidas de protección consideradas idóneas y efectivas.
La CIDH sostiene que las condiciones denunciadas dentro del penal incluyen acceso limitado o inexistente a patios y exposición al sol, alimentación insuficiente o inadecuada y falta de atención médica especializada. También señala la existencia de presuntos actos de hostigamiento, amenazas y represalias por parte de autoridades penitenciarias.
El organismo interamericano menciona situaciones particulares dentro del grupo. Según la información analizada por la Comisión, Jairo Alberto Obando Delgadillo y Eddy Antonio Gutiérrez Delgadillo habrían sufrido agresiones recientes. Eddy Gutiérrez Delgadillo y José Olivar Meza Raudez permanecerían además en celdas de castigo y aislamiento desde hace varias semanas, en condiciones descritas como extremas.
La CIDH también expresa preocupación por el estado físico y de salud de José Olivar Meza Raudez, Wilfredo Balmaceda Castrillo y José Ricardo Cortez Dávila. En el caso de Meza Raudez, el organismo señala que continuaría privado de libertad pese a que, según la información recibida, habría cumplido su pena el 27 de julio de 2024.
Las denuncias sobre las condiciones de La Modelo no aparecen de manera aislada en el trabajo reciente de la Comisión. Durante 2026, la CIDH ha emitido distintas medidas cautelares relacionadas con personas recluidas en ese centro penitenciario y ha señalado problemas vinculados con atención médica, aislamiento, incomunicación, amenazas y condiciones de detención.
El 9 de septiembre, apenas una semana antes de la nueva solicitud, la CIDH pidió a la Corte IDH ampliar medidas provisionales para proteger a Efrén Antonio Vilchez López, Bayardo Arce Castaño y su grupo familiar, y Alain Piedra Hernández. En ese caso, la Comisión también informó que las personas permanecían en La Modelo y denunció restricciones severas de comunicación, dificultades para recibir visitas y acceso insuficiente a alimentación, agua potable y atención médica especializada.
La reiteración de solicitudes durante las últimas semanas muestra que la situación de las personas privadas de libertad en Nicaragua continúa bajo seguimiento del Sistema Interamericano. La propia CIDH mantiene un registro de resoluciones emitidas durante 2026 relacionadas con personas detenidas en el país, incluidas medidas cautelares por riesgos para la vida, la integridad personal y la salud.
La diferencia entre las medidas cautelares y las provisionales también es importante. Las primeras son adoptadas por la CIDH cuando considera que una persona enfrenta una situación de gravedad y urgencia que puede producir un daño irreparable. Cuando la Comisión considera necesario solicitar una protección judicial de mayor alcance dentro de la competencia de la Corte, puede pedir a la Corte IDH que dicte medidas provisionales.
De acuerdo con la propia CIDH, las medidas provisionales de la Corte están destinadas a situaciones de extrema gravedad y urgencia para evitar daños irreparables. Las resoluciones de la Corte tienen carácter obligatorio para los Estados sometidos a su jurisdicción y pueden ordenar acciones concretas para proteger derechos fundamentales.
En el caso de Nicaragua, la CIDH sostiene que la falta de información suficiente sobre las medidas adoptadas por el Estado y la continuidad de las situaciones de riesgo justifican acudir nuevamente a la Corte. La Comisión busca que el tribunal interamericano adopte acciones destinadas a proteger a las nueve personas mientras persista la situación señalada.
La solicitud no equivale por sí misma a una sentencia que determine responsabilidad internacional del Estado nicaragüense por cada uno de los hechos denunciados. Se trata de una petición de protección urgente basada en la información que la Comisión dice haber recibido y evaluado conforme a sus atribuciones.
El nuevo movimiento de la CIDH se produce, además, en un contexto de creciente actividad del Sistema Interamericano respecto de Nicaragua. La Comisión ha presentado durante 2026 otras solicitudes y resoluciones relacionadas con personas privadas de libertad y ha expresado preocupación por distintas situaciones vinculadas con derechos humanos en el país.
Ahora corresponderá a la Corte Interamericana analizar la solicitud presentada por la Comisión y determinar las medidas que, en su caso, resulten procedentes. Para los nueve beneficiarios, el objetivo planteado por la CIDH es inmediato: reducir los riesgos que, según el organismo, continúan amenazando su vida, integridad personal y salud mientras permanecen bajo custodia del Estado nicaragüense.

