La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos el caso del exjuez argentino Antonio Boggiano, destituido de la Corte Suprema en 2005. La Comisión considera que el procedimiento estuvo marcado por irregularidades que afectaron su derecho a la defensa, la imparcialidad y la revisión judicial efectiva, por lo que solicitó reparaciones para el exmagistrado y cambios en la legislación argentina.
La CIDH informó el 16 de octubre de 2026 que sometió el caso número 13.118, Antonio Boggiano contra Argentina, a la jurisdicción de la Corte Interamericana el 5 de agosto de este año. El asunto se relaciona con la destitución del magistrado de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y con las garantías que deben proteger a quienes ejercen funciones judiciales frente a procedimientos sancionatorios.
La petición original fue presentada ante la Comisión en noviembre de 2006. El organismo examinó las circunstancias del juicio político, las decisiones que fundamentaron la remoción y los recursos judiciales que Boggiano intentó utilizar para impugnarla.
Un juicio político cuestionado por sus garantías procesales
El procedimiento contra Boggiano comenzó en 2004, cuando la Cámara de Diputados inició la acusación por presunto mal desempeño de sus funciones. El proceso estuvo relacionado, entre otros aspectos, con decisiones que el magistrado había adoptado en la causa conocida como “Meller”. En septiembre de 2005, el Senado resolvió destituirlo e inhabilitarlo para ocupar cargos públicos.
Durante el juicio político, Boggiano solicitó que 34 senadores se apartaran del procedimiento, argumentando que habían intervenido previamente en la destitución de otro juez por hechos vinculados con la misma causa. La solicitud fue rechazada.
La CIDH también identificó cuestionamientos relacionados con la presentación de pruebas testimoniales y la negativa a permitir una declaración indagatoria después del cierre anticipado de la etapa probatoria. A ello se sumó la falta de una revisión judicial que examinara de manera efectiva los fundamentos de la destitución y los reclamos concretos del exmagistrado.
En 2007, además, se le negó la pensión vitalicia que solicitó en su condición de exjuez de la Corte Suprema.
La CIDH advierte problemas de legalidad e imparcialidad
En su Informe de Admisibilidad y Fondo número 216/24, la Comisión sostuvo que el juicio político tuvo naturaleza sancionatoria y que la aplicación de la causal constitucional de “mal desempeño” planteó problemas de legalidad por su formulación amplia e imprecisa.
El organismo también señaló que existieron elementos que comprometieron la imparcialidad del procedimiento, entre ellos la presunta injerencia del Poder Ejecutivo y la ausencia de reglas adecuadas para resolver las recusaciones presentadas contra los senadores.
Otro de los puntos centrales fue la respuesta de la Corte Suprema argentina a los recursos interpuestos por Boggiano. Según la CIDH, no se realizó un examen suficiente para determinar si la destitución había estado motivada por criterios jurídicos adoptados por el magistrado en el ejercicio de su función judicial. Tampoco se analizaron individualmente sus reclamos sobre imparcialidad y derecho de defensa.
La Comisión consideró, además, que la duración del procedimiento excedió el plazo razonable, lo que constituyó otro elemento de preocupación desde la perspectiva de las garantías judiciales.
Qué derechos considera vulnerados
La CIDH concluyó que Argentina es responsable por la violación de diversos derechos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Entre ellos se encuentran las garantías judiciales, el principio de legalidad y de no retroactividad, los derechos políticos, la protección judicial y la estabilidad laboral.
La conclusión de la Comisión se fundamenta en los artículos 8.1, 9, 23, 25.1 y 26 de la Convención Americana, en relación con las obligaciones generales de respeto, garantía y adecuación normativa previstas en sus artículos 1.1 y 2.
La remisión del caso a la Corte Interamericana no significa que exista ya una sentencia definitiva de ese tribunal. Corresponderá a la Corte analizar el asunto y determinar, dentro de su competencia, si el Estado incurrió en responsabilidad internacional y qué medidas de reparación proceden.
Las reparaciones solicitadas a Argentina
La Comisión pidió a la Corte que ordene una reparación integral por los daños materiales e inmateriales derivados de las violaciones identificadas. Entre las medidas propuestas figuran compensaciones económicas y acciones de satisfacción destinadas a reparar las consecuencias del procedimiento.
Asimismo, solicitó que Argentina adecue su legislación para garantizar que los procedimientos sancionatorios contra jueces y otras personas operadoras de justicia respeten la independencia judicial, el debido proceso y el principio de legalidad.
La propuesta incluye fortalecer el control jurídico de estos procedimientos para evitar que las decisiones sobre la permanencia de jueces en sus cargos dependan exclusivamente de valoraciones políticas sin garantías suficientes de revisión.
Un caso relevante para la independencia judicial
El caso Boggiano plantea cuestiones sobre los límites del juicio político cuando se aplica a integrantes de los máximos tribunales nacionales. Aunque los Estados pueden establecer mecanismos de responsabilidad para sus jueces, estos deben respetar las garantías procesales y evitar que las decisiones jurisdiccionales se conviertan, por sí solas, en motivos de sanción arbitraria.
La decisión que adopte la Corte Interamericana podría contribuir a precisar las obligaciones internacionales de Argentina en materia de independencia judicial y protección de quienes ejercen funciones jurisdiccionales. El proceso también pone de relieve la función del sistema interamericano en la revisión de posibles violaciones de derechos humanos cuando los mecanismos internos no ofrecen una respuesta efectiva.


