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Autoridad judicial dictó fallo condenatorio por el delito de robo calificado cometido con violencia

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Mérida, Yucatán, 31 de julio de 2020

Juzgado: Segundo de Control del Primer Distrito Judicial Jueza: Elsy del Carmen Villanueva Segura

Número de Carpeta Administrativa: 16/2020 Audiencia intermedia: Procedimiento abreviado

Delito: Robo calificado cometido con violencia

Acusado: 1  Víctima: 1

La Jueza de Control del Primer Distrito Judicial del Estado, del Sistema Penal Acusatorio y Oral, Elsy del Carmen Villanueva Segura, dictó, por medio de un procedimiento abreviado, fallo condenatorio a una persona como autor del delito de robo calificado cometido con violencia, por hechos ocurridos en enero de 2020, en esta ciudad.

En audiencia celebrada en la sala 2 del Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM), los representantes de la Fiscalía Estatal expusieron en su acusación:

“Que el día 15 de enero de 2020, el ahora sentenciado, se introdujo a un predio ubicado en la comisaría Xcanatún, en esta ciudad, y estando en el interior de dicho domicilio amenazó a la víctima y se apoderó de diversas alhajas, pero al intentar darse a la fuga, fue detenido por agentes de la Secretaría de Seguridad Pública “.

La Jueza Villanueva Segura explicó que corroboró que se cumplieron los requisitos que la ley exige para llevar a cabo el procedimiento abreviado, una forma de terminación anticipada del proceso prevista en el artículo 201 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) y que los datos de prueba que presentó la Fiscalía fueron suficientes, útiles y pertinentes para determinar un fallo condenatorio.

A solicitud de los representantes de la Fiscalía Estatal, la Jueza declaró penalmente responsable al acusado y le impuso 3 años y  6 meses de pena privativa de la libertad.

La Jueza de Control también condenó al sentenciado a pagar una multa de 52 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente en la época de los hechos; le suspendió sus derechos políticos y le prohibió acercarse a la víctima y al domicilio de esta, por el término de tres años posteriormente al cumplimiento de la pena de prisión.

Asimismo, la Jueza condenó al sentenciado al pago de la reparación del daño de manera genérica, para que en ejecución de sentencia por la vía incidental se determine el monto a pagar.

 

 

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