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CAMe informa sobre vehículos exentos del programa “Hoy no circula”

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hoy-no-circulaLas motocicletas circularán todos los días, sin embargo en fases 1 y 2 de contingencia estarán sujetas a restricciones.

  • En su día de descanso, los taxis transitarán en horario restringido de 5:00 a 10:00 hrs.
  •  Los vehículos que transporten mercancías perecederas circularán todos los días en horario restringido de 22:00 a 5:00 hrs.

Con objeto de aclarar dudas sobre los vehículos exentos de las medidas que modifican temporalmente el programa Hoy no circula y que entrarán en vigor a partir del próximo martes 5 de abril, la Comisión Ambiental de la Megalópolis informó que podrán circular todos los días los siguientes tipos de vehículos:

  • Motocicletas.
  •  Vehículos eléctricos, híbridos y los que operen con energía solar, gas natural o gas L.P. Se aclara que estos deberán estar debidamente registrados ante las secretarías de medio ambiente del Estado de México y de la Ciudad de México respectivamente.
  • Vehículos que presten servicios de emergencia y de salud.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal.
  • Cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios.
  • Vehículos que sean conducidos por personas con algún tipo de discapacidad, siempre y cuando cuenten con las acreditaciones correspondientes.
  • Vehículos que transporten personas con discapacidad, siempre y cuando cuenten con las acreditaciones correspondientes.
  • Vehículos que transporten residuos peligrosos.
  • Transporte de servicios urbanos, protección civil, seguridad pública y de vigilancia ambiental que se encuentren debidamente rotulados.
  • Vehículos de servicio público de pasajeros y turismo: vagonetas, microbuses y autobuses con placas federales o locales que cuenten con verificación vigente.

Transitarán con restricciones

  • Taxis. Acatarán las medidas del programa Hoy no circula, sin embargo, en su día de descanso tendrán permiso de transitar en un horario de 5:00 a 10:00 hrs.
  • Transporte de perecederos. Los vehículos con placas locales o federales que transporten mercancías perecederas podrán circular todos los días en horario restringido de las 22:00 a las 5:00 hrs.

Se aclara que estas medidas son emergentes y temporales. Tendrán una vigencia del 5 de abril al 30 de junio del 2016 para las 16 delegaciones de la Ciudad de México y los 18 municipios conurbados del Estado de México.