Colombia: CIDH llama a garantizar recursos presupuestales adecuados para la justicia transicional y la búsqueda de personas desaparecidas

Washington, DC—La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llama al Estado colombiano a garantizar los recursos necesarios para que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas (UBPD) puedan cumplir con su mandato eficazmente. En consonancia con sus obligaciones internacionales en materia de memoria, verdad y justicia, el Estado debe garantizar condiciones adecuadas para el debido desarrollo de los procesos de justicia transicional y la búsqueda de personas desaparecidas, indispensables para asegurar los derechos de las víctimas del conflicto armado.

Desde la firma del Acuerdo Final de Paz de 2016, la CIDH ha dado seguimiento al Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR), que articula, entre sus principales mecanismos, a la Comisión de la Verdad, la JEP y la UBPD como mecanismos temporales y complementarios. En ese marco, ha destacado los avances de la JEP en el esclarecimiento de patrones de macrocriminalidad y graves violaciones antes invisibilizadas o negadas, la determinación de responsabilidades y la emisión de sus primeras sentencias y sanciones propias. Actualmente, la JEP atraviesa un momento decisivo para concluir las acusaciones contra máximos responsables y avanzar en sus sentencias. Asimismo, ha valorado la labor humanitaria y extrajudicial de la UBPD en la determinación del universo de personas desaparecidas y su búsqueda, localización e identificación y, en su caso, la entrega digna de sus restos.

Según información pública, el 23 de septiembre las comisiones tercera y cuarta del Congreso aprobaron, en primer debate, una propuesta para reasignar 170 mil millones de pesos colombianos del presupuesto de la JEP para la vigencia de 2027. De concretarse esta medida, la Jurisdicción recibiría aproximadamente 254 mil millones (alrededor de $77 millones de dólares americanos) menos de los recursos que requiere para atender sus necesidades operativas. Según advirtió la propia JEP, esta situación pone en “grave riesgo” su funcionamiento y provocaría el “inminente cierre e inoperancia” de sus sedes. Además, podría afectar el funcionamiento del sistema de protección de víctimas, testigos e intervinientes y la implementación de sus sanciones propias.

Por su parte, los recursos previstos para la UBPD correspondientes a 2027 serían significativamente inferiores a sus necesidades operativas e incluso menores a los asignados en 2026. Según la entidad, esta situación podría comprometer “capacidades esenciales” para la búsqueda humanitaria de personas desaparecidas, como las propias acciones de búsqueda en vida, prospecciones forenses, toma de muestras biológicas y el despliegue territorial de sus equipos. Además, podría implicar el cierre de al menos la mitad de sus laboratorios forenses y limitar la participación de las víctimas en los procesos de búsqueda.

Estos hechos se producen en un contexto de crecientes discursos dirigidos a deslegitimar a las instituciones de justicia transicional, que se intensificaron en el contexto electoral de 2026. Ello, ha resultado en un entorno cada vez más adverso para el cumplimiento efectivo e independiente de sus mandatos. En su informe Los impactos de la violencia sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, la CIDH advirtió intentos para afectar la autonomía e independencia de la JEP, obstaculizar su funcionamiento y desacreditar públicamente su labor. También señaló limitaciones presupuestarias que incidían en la búsqueda de personas desaparecidas.

Por su parte, el Estado colombiano reiteró su reconocimiento a la JEP y a la UBDP como componentes del SIVJRNR y afirmó que continuará cumpliendo sus obligaciones en materia de verdad, justicia, reparación y no repetición. Indicó que ambas instituciones cuentan con autonomía administrativa, presupuestal y técnica; que la modificación presupuestal es competencia del Congreso de la República; y que ésta sigue en trámite legislativo, debiendo ser decidida por las plenarias antes del 20 de octubre. Asimismo, señaló que estas medidas responden a un contexto de restricciones fiscales que afectan diversos sectores y entidades estatales. También destacó que el debate público sobre su actuación y financiación constituye una expresión legítima de transparencia, control democrático y rendición de cuentas.

Si bien los Estados cuentan con margen para definir sus políticas de gasto público y prioridades presupuestarias, las decisiones en esta materia deben tomar en consideración su impacto en el cumplimiento de las obligaciones internacionales de derechos humanos. En particular, la Comisión recuerda que la independencia de los órganos con funciones jurisdiccionales y el deber de debida diligencia en la investigación de graves violaciones a los derechos humanos y en la búsqueda de personas desaparecidas, exigen dotarles de recursos adecuados, suficientes y estables.

En contextos de justicia transicional, esta garantía es especialmente relevante en la medida en que las decisiones de asignación o reducción de recursos pueden incidir directamente en la capacidad estatal para cumplir con sus obligaciones estatales en materia de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición. En atención a la relevancia de los mandatos de la JEP y la UBPD, la CIDH considera esencial que ambas instituciones dispongan de los recursos suficientes para desempeñar sus funciones.

Por ello, la Comisión llama al Estado a considerar, en la aprobación del Presupuesto General de la Nación para el 2027, la importancia de la JEP y UBPD para combatir la impunidad de hechos de extrema gravedad, esclarecer la verdad de lo ocurrido y contribuir a la consolidación de una paz estable y duradera, teniendo en cuenta, además, el carácter temporal y excepcional de sus mandatos. Finalmente, la Comisión reitera la importancia de colocar en el centro del debate los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación, la memoria y las garantías de no repetición.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

Boletín de prensa