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Congreso de la Unión legislará sobre la objeción de conciencia del personal médico.

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Por definición, la objeción de conciencia es un derecho. Se refiere al rechazo del individuo hacia una conducta que le está siendo exigida por ley, por razones que cree deben inspirar su conducta, sean morales, éticas, religiosas o filosóficas.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es constitucional la Objeción de Conciencia, tanto como lo es el derecho de la mujer a practicarse un aborto o interrumpir su embarazo. La SCJN desechó de la Ley General de Salud, el artículo 10 Bis, que daba facultad a médicos y enfermeras a negarse a participar en procedimientos médicos que interrumpan el embarazo de una mujer o persona gestante. Se determinó poner el asunto en las manos del Congreso de la Unión para su respectiva legislación.

La votación fue mayoritaria, ocho votos contra tres. El argumento final fue que debe reconocerse el derecho a la Objeción de Conciencia del personal sanitario, pero sin anular el derecho constitucional de las mujeres a practicarse un aborto o interrumpir un embarazo.

El ministro Arturo Zaldívar dijo que no expulsar de la Ley General de Salud el artículo en el que se reconocía la Objeción de Conciencia del personal sanitario, podría anular “con una mano, los derechos de las mujeres que se reconocieron con la otra mano”, al declarar la inconstitucionalidad del delito del aborto.

El tema está envuelta en una gran polémica por las protestas a raíz de que la SCJN decretaron la inconstitucionalidad de la penalización del aborto. Grupos pro Vida se manifestaron en contra.

En este tenor, organizaciones de médicos y enfermeras se han manifestado por defender su derecho a negarse a participar en la práctica de aborto e interrupciones de embarazos.