Los insultos y cánticos discriminatorios suelen justificarse como parte del espectáculo, pero las reglas deportivas y el marco jurídico dejan cada vez menos espacio para confundir pasión con humillación, mientras la conducta de una multitud plantea un difícil problema de responsabilidad individual y colectiva.

Hay un momento peculiar en cualquier estadio. Miles de personas que probablemente jamás se han visto comienzan a gritar lo mismo, reaccionan al mismo estímulo y, durante unos minutos, parecen funcionar como un solo organismo. La emoción colectiva puede ser extraordinaria. También puede convertirse en una excusa peligrosa.

El argumento suele repetirse: «Es fútbol», «así se vive la rivalidad», «no hay que tomárselo en serio». Pero cuando el cántico utiliza el origen étnico, la orientación sexual, la religión, el género o alguna otra condición personal para convertir al rival en objeto de desprecio, deja de ser simplemente una expresión de pasión deportiva. Las propias instituciones deportivas han establecido límites cada vez más precisos.

FIFA considera la discriminación una infracción disciplinaria y contempla sanciones contra las asociaciones cuyos aficionados incurran en este tipo de conductas. En agosto de 2026, por ejemplo, su Comisión Disciplinaria sancionó a la Asociación del Fútbol Argentino con multas y una reducción al 50 por ciento del aforo para sus dos siguientes partidos como local debido, entre otros hechos, a cánticos y gestos discriminatorios de sus aficionados.

El precedente mexicano resulta especialmente revelador. En 2022, durante el Mundial de Qatar, aficionados mexicanos protagonizaron cánticos homofóbicos en el partido contra Polonia. El procedimiento llegó hasta el Tribunal de Arbitraje Deportivo, que confirmó la responsabilidad disciplinaria de la Federación Mexicana de Fútbol por la conducta de sus seguidores. Un análisis jurídico publicado por FIFA en 2026 destaca que el tribunal confirmó la aplicación del principio de responsabilidad objetiva: una asociación puede responder disciplinariamente por determinadas conductas de sus aficionados aunque no haya participado directamente en ellas.

Esto no significa que cada espectador sea automáticamente responsable de cualquier cosa que ocurra en una tribuna. La responsabilidad penal, civil o administrativa depende de la conducta concreta y de la legislación aplicable. Pero sí revela un cambio de paradigma: los organizadores y federaciones ya no pueden asumir que lo ocurrido en las gradas es un asunto completamente ajeno al espectáculo que organizan.

En México, además, existe un marco general contra la discriminación. La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación prohíbe prácticas discriminatorias y establece obligaciones para las autoridades. A ello se suma la legislación deportiva y los reglamentos específicos de las competiciones. La cuestión jurídica, por tanto, no se reduce a decidir si un insulto resulta «de mal gusto». Dependiendo de su contenido y circunstancias, una conducta puede activar consecuencias distintas.

Pero la ley explica solamente una parte del fenómeno. La psicología de masas ayuda a comprender por qué una persona que jamás insultaría de determinada manera a un desconocido puede hacerlo cuando se encuentra rodeada de miles de aficionados.

La multitud reduce temporalmente la percepción de responsabilidad individual. El grito se vuelve colectivo y, por tanto, aparentemente anónimo. El individuo siente que no es él quien está actuando, sino «la afición». Además, la rivalidad crea una división sencilla entre «nosotros» y «ellos». El adversario deja de ser una persona concreta y se convierte en el representante de un grupo al que hay que derrotar.

Ahí reside uno de los mayores riesgos. La rivalidad deportiva necesita adversarios; la discriminación necesita convertirlos en inferiores. Son cosas completamente distintas.

La respuesta institucional también ha evolucionado. FIFA estableció procedimientos específicos para afrontar incidentes discriminatorios durante los partidos y contempla detener o suspender un encuentro cuando los comportamientos alcanzan determinados niveles. En sus políticas para los estadios del Mundial 2026, además, prohibió materiales ofensivos o discriminatorios dirigidos contra personas o grupos por motivos como raza, origen, religión, discapacidad, orientación sexual o identidad de género.

La experiencia mexicana demuestra que las sanciones, por sí solas, tampoco solucionan el problema. La seguridad en los estadios exige protocolos, identificación de responsables, capacitación del personal y mecanismos para intervenir antes de que un insulto colectivo termine convirtiéndose en una agresión física. La Liga MX ha reforzado sus medidas de seguridad y códigos de conducta, mientras que episodios recientes de violencia han mostrado que la prevención sigue teniendo importantes áreas de oportunidad.

Y es que existe una diferencia enorme entre abuchear a un jugador por fallar un penalti y utilizar una característica personal como arma para degradarlo. El primero forma parte de la presión competitiva; el segundo puede reproducir prejuicios que existen mucho más allá del estadio.

La verdad es que el deporte no pierde emoción cuando elimina la discriminación. Al contrario. Una rivalidad intensa puede sobrevivir perfectamente sin convertir al contrario en objeto de odio. El problema aparece cuando la pasión se utiliza como permiso para decir o hacer cosas que serían inaceptables fuera de las gradas.

Un estadio debería ser un lugar donde miles de desconocidos puedan compartir una emoción extraordinaria sin dejar de ser responsables de sus actos. Porque cuando termina el partido, desaparece el marcador, se apagan las luces y cada aficionado vuelve a su vida. Lo que no debería quedarse en las gradas es la idea de que, por formar parte de una multitud, cualquier límite puede desaparecer.