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Día Internacional en Apoyo a las Víctimas de la Tortura: los Estados deben adoptar medidas de prevención de tortura con perspectiva de género

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Washington, D.C. – En el marco de la conmemoración del del Día Internacional en Apoyo a las Víctimas de la Tortura, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) manifiesta su preocupación por la afectación desproporcionada de las mujeres privadas de libertad frente a actos de tortura y otras formas de malos tratos. Por ello, urge a los Estados a adoptar medidas con enfoque de derechos humanos y con perspectiva de género que permitan prevenir y combatir estos actos.

En términos generales, la CIDH ha identificado que la situación en la que se encuentra la población penitenciaria en la región se caracteriza, entre otras cuestiones, por niveles de hacinamiento extremos, uso abusivo de la prisión preventiva, deplorables condiciones de detención, y falta de perspectiva de género y tratamiento diferenciado en las políticas penitenciarias. Asimismo, mediante diversos mecanismos, se ha advertido la prevalencia de prácticas de torturas y malos tratos en las prisiones de las Américas. Estas condiciones representarían mayores riesgos para las mujeres –especialmente aquéllas que poseen condiciones que resultan en una mayor discriminación, con base en su edad, discapacidad, etnia, orientación sexual, identidad de género o características sexuales diversas–, y otras personas en situación de vulnerabilidad.

De manera particular, la Comisión Interamericana ha observado que las mujeres se enfrentan a un mayor riesgo de ser objeto de prácticas de tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes. En este sentido, tanto la Corte Interamericana como la CIDH han identificado que las mujeres bajo el control de las autoridades del Estado, encuentran aumentada su exposición a sufrir distintas formas de violencia, acoso y hostilidades, incluyendo de tipo sexual. Al respecto, han sostenido que la violencia sexual contra las mujeres tiene consecuencias físicas, emocionales y psicológicas devastadoras para ellas y han reconocido que la violación de una mujer privada de libertad por un agente del Estado es un acto especialmente grave y reprobable, tomando en cuenta la vulnerabilidad de la víctima y el abuso de poder que despliega el agente.

En particular, a través de sus diversos mecanismos, la CIDH fue informada sobre diversos actos de tortura y otras formas de malos tratos perpetrados contra mujeres privadas de libertad en la región. Además, recibió información que da cuenta que estos actos incluyen abuso sexual, patadas por todo el cuerpo, semiasfixias con bolsas de plástico, y amenazas de daño a integrantes de su familia como medio de intimidación. Sumado a ello, la CIDH advierte que, de conformidad con lo señalado por la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias, Rashida Manjoo y la Oficina de Asuntos de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, existe un margen importante de malos tratos en el contexto de operativos de seguridad dentro de las prisiones. Estos malos tratos pueden manifestarse mediante diversas maneras, tales como uso desproporcionado de la fuerza, sometimiento a actos de desnudez forzada, práctica de revisiones innecesarias o degradantes, tocamientos inadecuados durante revisiones, y vigilancia innecesaria.

En atención a lo anterior, la CIDH recuerda que todo acto de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes constituyen una ofensa a la dignidad humana de las víctimas, así como una negación de los principios internacionales consagrados en distintos instrumentos regionales e internacionales en la materia. A fin de prevenir y combatir este tipo de actos en contra de las mujeres privadas de su libertad, la CIDH reitera que una perspectiva de género implica tomar en cuenta la situación especial de riesgo a la violencia en todas sus manifestaciones, así como también los riesgos específicos de mujeres que pertenecen a grupos históricamente discriminados.

En este contexto, la CIDH insta a los Estados a adoptar medidas concretas con estricta diligencia para prevenir y combatir la tortura contra las mujeres en contextos de privación de libertad. En particular, les urge a desarrollar protocolos de investigación para que los casos de tortura y otros tipos de violencia, sean debidamente investigados y juzgados con perspectiva de género y enfoques diferenciados; así como a incorporar los estándares interamericanos en las capacitaciones a autoridades encargadas de persecución penal y judicialización.

Finalmente, en ocasión a la conmemoración de este Día Internacinal, la CIDH reitera su llamado e insta a aquellos países miembros de la OEA a ratificar la Convención Americana sobre Derechos Humanos; la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura; y el Protocolo Facultativo de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia

 

 

 

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