También plantea cadena perpetua al servidor público de alguna institución de seguridad pública que participe en el secuestro de un menor o de un mayor de 70 años.
La iniciativa establece la creación de un sistema integral de protección a víctimas y testigos además de crear unidades especializadas en la investigación de los ilícitos en la materia.
También propone que los secuestradores cumplan su condena o reclusión preventiva en cárceles de entidades distintas a donde se cometió el delito, ello con el fin de fraccionar las bandas de raptores.
Tipifica la modalidad conocida como “secuestro exprés” y la detención de personas en calidad de rehén.
Además castiga a quienes simulen su propio secuestro y a quienes financien, recauden o aporten fondos económicos para personas u organizaciones que operen esos delitos.
Establece que la Procuradurías General de la República (PGR) y procuradurías estatales podrán solicitar a la autoridad judicial federal autorización para la intervención de comunicaciones privadas.
También se podrá obtener información en lugares públicos mediante instrumentos y técnicas que permitan amplificar y grabar conversaciones a distancia, cuando existan indicios de que aquéllas estén relacionadas con las conductas previstas en esta iniciativa.
Las autoridades de los gobiernos federales y de los estados deberán establecer mecanismos de cooperación destinados al intercambio de formación y adiestramiento continuo de agentes del Ministerio Público, policías y peritos especializados en delitos en la materia.