El Supremo confirma cuatro años de prisión para Santi Mina

El Tribunal Supremo de España confirmó la condena de cuatro años de prisión contra el exfutbolista Santi Mina por un delito de abuso sexual cometido en 2017, además de mantener la indemnización de 25 mil euros para la víctima.

El Tribunal Supremo español cerró este miércoles una de las últimas vías judiciales abiertas para Santi Mina al confirmar la condena de cuatro años de prisión por un delito de abuso sexual cometido contra una mujer en 2017, en Mojácar, Almería.

La Sala de lo Penal rechazó el recurso presentado por el exfutbolista contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que ya había ratificado la pena impuesta inicialmente por la Audiencia Provincial de Almería. Con esta decisión, la condena de cuatro años queda confirmada por el máximo tribunal español.

Los hechos ocurrieron el 16 de junio de 2017, cuando Mina, entonces jugador del Valencia, se encontraba en Mojácar junto con varios amigos. Según los hechos considerados probados por los tribunales, el futbolista entró en una furgoneta estacionada cerca de una discoteca y realizó dos actos sexuales sin consentimiento de la mujer que se encontraba allí.

El Tribunal Supremo concluyó que Mina aprovechó la proximidad y el factor sorpresa para realizar los actos sexuales y que no existe en los hechos probados ningún elemento que permita afirmar que hubiera recibido una manifestación de consentimiento que pudiera haber interpretado erróneamente.

Este punto fue central en el recurso de la defensa. Mina sostuvo que había podido interpretar de manera equivocada las circunstancias relacionadas con el consentimiento. Sin embargo, los magistrados rechazaron esa argumentación y señalaron que las pruebas consideradas por los tribunales no permiten deducir que hubiera existido una confusión de ese tipo.

La sentencia también precisa que Mina dejó de actuar cuando la mujer le pidió que parara. Para el Supremo, ese hecho demuestra cuándo terminó la conducta, pero no significa que hubiera existido consentimiento previo ni que el acusado creyera que lo había recibido.

El máximo tribunal español mantuvo así la valoración realizada en las instancias anteriores. La Audiencia Provincial de Almería había condenado a Mina en 2022 a cuatro años de prisión, además de imponerle otras medidas relacionadas con la protección de la víctima. Posteriormente, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirmó la pena, aunque redujo la indemnización por daño moral de 50 mil a 25 mil euros.

La Sala de lo Penal también rechazó el recurso presentado por la víctima. Su representación había solicitado una condena más elevada, de ocho años de prisión, por un delito de agresión sexual con penetración. De manera subsidiaria, había pedido que la pena aumentara a seis años.

El Supremo consideró que los hechos probados no describían el empleo de violencia o intimidación como elemento instrumental del delito, por lo que no modificó la calificación jurídica establecida durante el proceso.

Asimismo, el tribunal mantuvo la absolución de David Goldar, otro futbolista que se encontraba en la furgoneta aquella noche y que había sido señalado como posible cooperador. Las distintas instancias judiciales no encontraron elementos suficientes para atribuirle responsabilidad penal por los hechos.

La resolución llega más de nueve años después del episodio ocurrido en Mojácar. El caso atravesó varias etapas judiciales y tuvo consecuencias en la carrera profesional de Mina, que durante el proceso dejó de formar parte de los planes deportivos del Celta de Vigo.

El Celta, club con el que Mina tenía contrato cuando fue condenado inicialmente, lo apartó del equipo en 2022 y posteriormente rescindió unilateralmente su contrato en agosto de 2023. El futbolista había sido cedido al Al-Shabab de Arabia Saudita durante la temporada anterior.

La carrera de Mina estuvo vinculada especialmente con el fútbol español. Formado en las categorías inferiores del Celta, debutó con el primer equipo y posteriormente pasó por el Valencia, antes de regresar al conjunto gallego. También representó a España en categorías juveniles y llegó a disputar partidos con la selección sub-21, aunque nunca debutó con la absoluta.

El fallo del Supremo también aporta una precisión relevante sobre la valoración del testimonio de la víctima. Los magistrados consideran que las variaciones existentes entre sus distintas declaraciones no eliminan la consistencia sustancial de su relato sobre los hechos centrales.

El País informó que el abogado de la denunciante consideró que la sentencia permite finalmente cerrar un proceso que se prolongó durante años. Al mismo tiempo, señaló que la representación de la víctima no comparte la conclusión del Supremo sobre la ausencia de violencia y que esa cuestión había formado parte de su recurso.

La decisión del máximo tribunal español marca el cierre de la vía de casación contra la condena. El caso deja atrás un proceso judicial iniciado por unos hechos ocurridos en 2017 y que pasó por la Audiencia Provincial de Almería, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y, finalmente, el Tribunal Supremo.