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Juez de control dicta fallo condenatorio por robo calificado cometido con violencia

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Juez de control dicta fallo condenatorio por robo calificado cometido con violencia

 

Mérida, Yucatán a 12 de junio de 2020

Juzgado: Tercero de Control del Primer Distrito Judicial                 Juez: Luis Edwin Mugarte Guerrero

Número de Carpeta Administrativa: 9/2020        Audiencia: Solicitud de procedimiento abreviado

Delito: Robo calificado cometido con violencia

 

El Juez de Control del Primer Distrito Judicial del Sistema Penal Acusatorio y Oral del estado, Luis Edwin Mugarte Guerrero, dictó por medio de un procedimiento abreviado, fallo condenatorio a una persona como autor material y directo del delito de robo calificado cometido con violencia, por hechos ocurridos en febrero de este año.

En audiencia celebrada ayer en el Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM), los representantes de la Fiscalía Estatal expusieron en su acusación:

 “Que el 12 de febrero de 2020, en la colonia Francisco I. Madero de Progreso, Yucatán, el hoy acusado y otra persona y se encontraban a bordo de un taxi, cuando en un momento dado el ahora imputado amagó al chofer con un objeto punzocortante y le quitó la cantidad de 500 pesos.  El taxista aceleró el vehículo y los dos sujetos se aventaron del mismo en movimiento, siendo que el hoy acusado tuvo lesiones en la pierna, por lo que fue detenido con el monto sustraído y con el objeto punzocortante.”.

El Juez Mugarte Guerrero corroboró que se cumplieron los requisitos que la ley exige para llevar a cabo el procedimiento abreviado y que los datos de prueba que presentó la Fiscalía fueron suficientes, útiles y pertinentes para determinar un fallo condenatorio.

A solicitud de los fiscales el Juez de Control declaró penalmente responsable al acusado y le impuso la pena de tres años de prisión y 28 días multa. Igualmente se le absolvió de la reparación del daño ya que lo hizo en la misma audiencia y se le impuso la medida de prohibición de acercarse a la víctima, también fue amonestado a efecto de no volver a reincidir y se le concedieron substitutivos de prisión.

Las partes renunciaron a la lectura y explicación de sentencia, así como al plazo para interponer algún recurso, por lo que el Juez notificó a las partes que la sentencia causó ejecutoria y el sentenciado quedó inmediatamente a disposición del Juez de Ejecución en turno.

 

 

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