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La Comisión Justicia aprobó dos dictámenes en materia de feminicidio en grado de tentativa, y matrimonio forzado

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Las reformas a diversos ordenamientos legales fueron avaladas en reunión extraordinaria

 

En reunión extraordinaria, la Comisión de Justicia, presidida por el diputado Felipe Fernando Macías Olvera (PAN), aprobó dos dictámenes para reformar diversos ordenamientos legales en materia de feminicidio en grado de tentativa y matrimonio forzado de personas menores de edad. 

Feminicidio en grado de tentativa

Se aprobó, con 26 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, de la Ley Nacional de Ejecución Penal y del Código Penal Federal, para que el Juez de control en el ámbito de su competencia, ordene la prisión preventiva oficiosamente en feminicidio consumado o en grado de tentativa punible.

Asimismo, establecer que no gozarán de la libertad condicionada, ni de libertad anticipada, los sentenciados por delitos en materia de feminicidio consumado o en caso de tentativa punible. Asimismo, no procederá la sustitución de pena por estos delitos.

Las modificaciones indican que, en los casos de feminicidio cometido en grado de tentativa punible, la autoridad judicial impondrá una pena de prisión que no será menor a la mitad y podrá llegar hasta las dos terceras partes de la sanción máxima prevista para el delito consumado.

Al respecto, la diputada Yolanda de la Torre Valdez (PRI) se pronunció a favor del dictamen y anunció que como grupo parlamentario llevarán una reserva al Pleno para realizar precisiones técnicas y jurídicas sustentadas en la dogmática jurídica, en la práctica y operación judicial.  

De Morena, la diputada Andrea Chávez Treviño externó su posicionamiento a favor del dictamen, por considerar que se trata de un tema de máxima coyuntura en el país. Estimó que es responsabilidad del Poder Legislativo esclarecer las leyes y proteger a tantas mujeres que son víctimas de la violencia. 

En tanto, la diputada Mirza Flores Gómez (MC) resaltó que el feminicidio y la tentativa de feminicidio es un tema que ha venido en aumento; primero porque no se contabilizaban los asesinatos contra las mujeres y porque también la violencia ha ido en aumento desmedido. Consideró que el dictamen no tiene una correcta redacción y expresó que es momento oportuno de hacer las correcciones. 

La diputada Mary Carmen Bernal Martínez (PT) dijo que en los tiempos que se viven “lo más correcto es que un dictamen de esta naturaleza pueda salir antes de que termine este periodo legislativo” y señaló que se hacen votos desde su grupo parlamentario por que así sea. Destacó que es un avance porque esta figura no existía en el Código Penal Federal.       

Por el PRD, la diputada Elizabeth Pérez Valdez indicó que la violencia de género es uno de los protagonistas en nuestro país; en México suman más de 3 mil mujeres asesinadas de enero a noviembre de 2021, donde un total de 992 mexicanas fueron víctimas de feminicidio.    

La diputada María del Rocío Corona Nakamura (PVEM) comentó que “no debemos escatimar ningún esfuerzo para que ellas sigan vivas”. Estimó que ser severo con la tentativa de feminicidio punible puede salvar la vida de muchas mujeres y resaltó que las mujeres merecen vivir en un ambiente de paz y seguridad, y las cosas no pueden continuar así. 

La diputada Kathia María Bolio Pinelo (PAN) refirió que en Yucatán la tentativa de feminicidio con la consiguiente prisión preventiva oficiosa ya está tipificada y ha dado un magnífico resultado. Resaltó que el 88.7 por ciento de los hombres que intentan quitarle la vida a una mujer están en su primer círculo de vida.   

Matrimonio forzado de personas menores de edad

Otro dictamen, aprobado con 28 votos a favor y dos en contra, modifica el primer párrafo del artículo 205-Bis y adiciona un Capítulo IX “Cohabitación Forzada de Personas Menores de Dieciocho Años de Edad o de Personas que no tienen Capacidad para comprender el Significado del Hecho o de Personas que no tienen Capacidad para Resistirlo” con un artículo 209 Quáter al Título Octavo del Código Penal Federal.

Establece que comete el delito de cohabitación forzada de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una o varias de estas personas a unirse informal o consuetudinariamente, con o sin su consentimiento, con alguien de su misma condición o con persona mayor de dieciocho años de edad, con el fin de convivir en forma constante y equiparable a la de un matrimonio.

Señala que al responsable de este delito se le impondrá pena de ocho a quince años de prisión y de mil a dos mil quinientos días multa. La pena prevista se aumentará hasta en una mitad, en su mínimo y en su máximo, si la víctima perteneciere a algún pueblo o comunidad indígena.

También se indica que serán imprescriptibles las sanciones señaladas en el artículo 209 Quáter.

La diputada Eufrosina Cruz Mendoza, promovente de la reforma, agradeció a los integrantes de la Comisión de Justicia, “porque esta es una iniciativa y una causa para que nunca más una niña tenga que llorar abajo de una cobija porque su origen defina su destino”.    

En votación económica, la Comisión aprobó declararse en sesión permanente y decretar un receso y citó para mañana martes 26 de abril, a las nueve de la mañana, en modalidad semipresencial.  

 

 

 

 

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