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Las muertes en las cárceles de Uruguay aumentaron un 79% en 2021, advierte un Comité de la ONU

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El Comité de la ONU contra la Tortura se muestra además preocupado por las condiciones de detención en las prisiones y por la falta de una definición de tortura en la legislación uruguaya.

 

El Comité de la ONU contra la Tortura instó este viernes a Uruguay a tipificar el delito de tortura de acuerdo con el artículo 1 de la Convención contra ese cruel acto.

El Comité, compuesto por 10 expertos independientes que supervisa la aplicación de la Convención, entregó hoy sus conclusiones del cuarto informe periódico sobre Uruguay y reconoció el diálogo constructivo mantenido con la delegación del Estado parte y la información que aportó durante el examen.

En el balance positivo, la evaluación del Comité valoró que Uruguay haya ratificado o se haya adherido a todos los instrumentos fundamentales de derechos humanos y sus protocolos facultativos y celebró la adopción de diversas medidas legislativas.

Salvaguardias legales fundamentales

El Comité considera que Uruguay ha de adoptar “medidas eficaces” que garanticen que todos los detenidos “gocen, en la ley y en la práctica, de todas las salvaguardias fundamentales” contempladas por las normas internacionales desde el primer momento en que se vean privados de su libertad.

En particular, el examen enumera:

  • El derecho a ser asistidos sin demora por un abogado
  • A requerir y tener acceso inmediato a un médico independiente y, de ser posible, de su elección, aparte de cualquier examen médico que pueda realizarse a petición de las autoridades
  • A ser informados de las razones de su detención y de la naturaleza de los cargos que se les imputan en un idioma que comprendan; a que se registre su detención
  • A informar con prontitud de su detención a un familiar o a un tercero, y a ser llevados ante un juez sin demora

La nación sudamericana también deberá:

  • Garantizar la grabación audiovisual de los interrogatorios que se realicen a las personas privadas de libertad
  • Almacenar esas grabaciones en un lugar seguro y bajo el control de los órganos de vigilancia, y que éstas estén a disposición de los investigadores, los detenidos y los abogados

Uso de la fuerza por los de funcionarios encargados de hacer cumplir la ley

En este apartado el Comité pide adoptar “medidas legislativas y de otra índole” que garanticen que cualquier empleo de la fuerza por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley acate “los principios de razonabilidad, necesidad y proporcionalidad”.

Asimismo, insta a velar por la apertura de “investigaciones prontas, imparciales y efectivas de todas las denuncias relativas al uso excesivo de la fuerza por agentes de las fuerzas del orden y seguridad pública,” y garantizar que se enjuicie a los presuntos autores. De ser declarados culpables, pide que se les impongan penas acordes con la gravedad de sus actos y que se indemnice adecuadamente a las víctimas.

Igualmente se intentará conseguir “que todos los agentes del orden reciban sistemáticamente capacitación sobre el uso de la fuerza, teniendo en cuenta los Principios Básicos sobre Empleo de la Fuerza”.

Condiciones en centros penitenciarios

El órgano emplaza a Uruguay “a continuar avanzando en la mejora de las condiciones de reclusión y reducir la sobreocupación en los establecimientos penitenciarios”. Para lograrlo sugiere aplicar medidas que no comporten la privación de libertad y garantizar el respeto de los plazos límite establecidos para la imposición de la detención preventiva.

En particular pide adoptar medidas urgentes para corregir las deficiencias en los centros penitenciarios, especialmente en el “suministro de agua en las celdas, la falta de camas, los problemas de calefacción e iluminación y el mal estado de las instalaciones eléctricas”.

También se deberán permitir las actividades al aire libre, como el ejercicio físico, las de rehabilitación y las psicosociales.

Del mismo modo, en todos los centros de prevención de libertad se deberá garantizar la estricta separación entre los reclusos preventivos y los condenados.

Muertes en custodia

El Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas expresó este viernes su preocupación por el incremento en el número de muertes registradas en las cárceles durante el período examinado, que fue de un 79% en 2021.

El examen observa un número muy alto de muertes “por falta de asistencia y tratamiento médico” en las personas con problemas de salud mental y pide investigar “de forma imparcial por un órgano independiente” todos los fallecimientos durante la privación de libertad.

Violencia de género

El Comité indica que el Estado debe “velar por que todos los casos de violencia de género, especialmente aquellos en que haya habido acciones u omisiones de autoridades u otras entidades que den lugar a la responsabilidad internacional del Estado parte con arreglo a la Convención”.

Estos incidentes han de investigarse exhaustivamente, se ha de enjuiciar a los presuntos autores y sancionarlos cuando sean condenados, reparar a las víctimas o sus familiares, y recopilar y publicar datos estadísticos en este ámbito.

También se ha garantizar que las víctimas de la violencia de género reciban la atención médica, el apoyo psicológico y la asistencia jurídica que necesitan, incluido el acceso a refugios adecuados.

Reparación

El Comité recordó a Uruguay que, en virtud del artículo 14 de la Convención, está obligada a garantizar a las víctimas de tortura” una reparación y el derecho a una indemnización justa y adecuada”

El Estado parte deberá recopilar de forma sistemática la información relativa a medidas de reparación otorgadas por los tribunales nacionales a víctimas de torturas y malos tratos y respecto de la ejecución de dichas medidas.

 

 

 

Boletín de prensa de la ONU