Más de 94 mil productoras y productores de pequeña y mediana escala reciben respaldo fitosanitario en 15 entidades del país
Las acciones fitosanitarias previenen pérdidas de hasta el 90% en los cultivos y garantizan la calidad del fruto a nivel nacional e internacional
El cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas permite conservar el estatus fitosanitario con vigencia de 24 meses por declaratoria.
Con el objetivo de proteger la producción nacional de aguacate, que asciende a casi 3 millones de toneladas anuales, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (AGRICULTURA) opera la Campaña Nacional contra Plagas del Aguacatero en 15 entidades de la República.
Esta estrategia ha permitido certificar 243 mil 926 hectáreas —93 por ciento de la superficie cultivada en México— como zonas libres de barrenadores del hueso y de las ramas, en beneficio directo de más de 94 mil productoras y productores de pequeña y mediana escala.
Con apoyo del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), la Secretaría federal ha certificado a 103 municipios y 12 zonas agroecológicas como zonas libres del barrenador de ramas del aguacatero (Macrocopturus aguacatae), el barrenador pequeño del hueso del aguacate (Conotrachelus perseae y C. aguacatae), el barrenador grande del hueso del aguacate (Heilipus lauri) y la palomilla barrenadora del hueso (Stenoma catenifer).
Las larvas de estas plagas se alimentan del hueso del aguacate y de las ramas del árbol, lo que merma el rendimiento de la huerta. Sin un manejo fitosanitario adecuado, los daños podrían ocasionar la pérdida de hasta 90 por ciento de la producción.
Es por ello que el establecimiento de zonas libres permite reducir los costos de producción destinados al manejo de las plagas reglamentadas, mejorar el precio del aguacate, así como mantener y ampliar el mercado.
Para acceder al reconocimiento como zona libre de plagas, los municipios y zonas agroecológicas deben cumplir con las modificaciones a las Normas Oficiales Mexicanas NOM-069-FITO-1995 y NOM-066-FITO-1995, las cuales regulan el establecimiento de áreas fitosanitarias protegidas y las especificaciones para el manejo y movilización del aguacate en el país.
Dichos procedimientos requieren disponer de un plan de trabajo viable para el sostenimiento de la zona libre, respaldado por los muestreos de fruto que deben efectuarse en la demarcación propuesta y por los registros de los Puntos de Verificación Interna (PVI), encargados de proteger la región ante el eventual ingreso de plagas.
La declaratoria tiene vigencia de 24 meses, lapso en el cual las y los productores deben mantener las medidas fitosanitarias normativas para conservar su estatus de zona libre.
Con este conjunto de medidas, la Secretaría de Agricultura —encabezada por Columba Jazmín López Gutiérrez— refrenda su compromiso de resguardar el patrimonio de las productoras y los productores nacionales y mantener la confianza del mercado nacional e internacional en la sanidad del aguacate mexicano.
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