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Sistema jurídico de Israel

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Existen sistemas jurídicos que no concuerdan con una clasificación estricta, al combinar dos o más sistemas, motivo por el cual se les llama mixtos o híbridos, pudiendo ser una combinación de neorromanista, del common law, o de uno religioso. Israel, tiene un sistema jurídico que es una mezcla de los sistemas religiosos, tanto hebreo, como musulmán, que son derechos de una comunidad de fieles, en combinación con los sistemas neorromanista y common law. Los hebreos, se dividieron en doce tribus, conocidas como las doce tribus de Israel, el padre de los doce, antes llamado Jacob, siendo éstas: Rubén, Simeón, Leví, Judá, Dan, Neftalí, Gad, Aser, Izacar, Zabulón, José y Benjamín, las cuales tiempo después, se dividieron en dos reinos: Israel y Judá, proviniendo de ahí, la denominación de israelitas o judíos. Los hijos de Israel, fueron importantes líderes y se les conoce tradicionalmente con el nombre de Shivtei Kah, debido a que son los fundadores de las tribus de Dios. Estos reinos, fueron conquistados de acuerdo con Sirvent, C. (2012:153), por los asirios en el 722 a.C, y por los caldeos en el 568 a.C. Años después, lo que se denomina “Palestina”, habitado por el pueblo hebreo, comenzó a formar parte del imperio Persa, hasta que en el 539 a.C. Ciro atacó Babilonia provocando su caída. Los persas fueron conquistados por Alejandro de Macedonia, en el 333 a.C. por lo que esa región llegó a ser conquistada por los griegos.

Tres siglos más tarde, los romanos la conquistaron, respetando al principio la organización y creencias religiosas hebreas. Pero en el año 70 d.C. el emperador Tito se apoderó de Jerusalén, permitiendo a sus soldados que saquearan la ciudad e incendiaran su templo, vendiendo a muchos judíos como esclavos, así como expulsando del país a los restantes, los cuáles se dispersaron por todo el planeta, lo cual se conoce como la Diáspora judía. Desde el año 70 d.C. la región conocida como Palestina, dejó de acuerdo con Sirvent, C. (2012:154), de ser considerada “patria” de los judíos, aunque la nación judía continuó, debido a su fe en Adonay, Elohim, Yahwhe o Jehová, Dios de la Biblia (antiguo testamento, personificado por Yeshua Hamashiach, Jesús el Mesías, en el nuevo testamento, aunque no todos los judíos lo acepten, sólo los judíos mesiánicos), así como su religión y costumbres. La Biblia, en específico el Antiguo Testamento, explica cómo se celebró la alianza entre Jehová y los hebreos, el pueblo elegido de Dios, y promesa dada por Él, al padre de la fe Abraham, a quien dijo: “Tu descendencia será más vasta que las estrellas en el cielo, que la arena en el mar” (véase Génesis 15-5, 22-17, 26-4, e Isaías 48-19, versión RV1960). El Antiguo testamento se compone de 24 libros agrupados en tres partes: a) La Ley o Toráh, b) Los Profetas o Neb’him, y c) Las Hagiografías o Khethubim. La Ley o Toráh, comprende cinco libros que conforman el Pentateuco y son: Génesis, Éxodo, Deuteronomio, Números y Levítico, escritos en primer lugar por la mano de Dios, siendo Moisés solo quien bajó las tablas del monte, y tras ver que el pueblo hebreo se había desviado hacia la idolatría (acción detestable para Dios), rompió las tablas, pero volvió a subir al monte, y Dios se las volvió a dictar, estableciéndose así, la Ley Mosaica.

En cuanto a los Profetas o Neb’him, se subdividen en dos grandes partes con cuatro libros cada una. La primera, con enfoque más histórico, comprende los libros de: Josué, Jueces, Samuel y Reyes. La segunda, es más de carácter profético, siendo los libros: Isaías, Jeremías, Ezequiel y los doce profetas. La tercera, son las Hagiografías o Khethubim, que incluyen una antología inspirada por Dios, de obras poéticas, filosóficas y narrativas, como: Salmos, Proverbios, Job, Cantar de los Cantares, Rut, Lamentaciones de Jeremías, Eclesiastés, Ester, Daniel, y Crónicas. El Antiguo Testamento es la obra principal inspirada por Dios. Otra obra relevante para los judíos es el Talmud, que se escribió al principio de la era cristiana y el siglo V. Los judíos expulsados de Palestina por los romanos, en la Diáspora, quisieron reafirmar y confirmar sus creencias, pues estaban amenazadas por la influencia extranjera. Debido a ello, los rabinos que son los hombres expertos en el estudio de los textos sagrados, recopilaron las doctrinas tradicionales formando con ellas una obra llamada Mischna, que significa repetición o segunda ley. La Mischna se comentó en las escuelas rabínicas durante los siguientes siglos y el conjunto de estos nuevos comentarios es la Guemará, que significa complemento. La unión de estas dos obras, dio lugar al Talmud, que es un documento religioso, jurídico y literario de los hebreos, que contiene sus principios y doctrinas.

Dichas obras, dieron respuesta a los problemas presentados por los judíos dispersos, y otorgaron una identidad colectiva sólida a la nación hebrea, pese a la fragmentación política y los desplazamientos geográficos. Los judíos dispersos encontraron hostilidad en los lugares donde residieron, continuando esta actitud de intolerancia hacia ellos, hasta la Edad Media. Por ejemplo, en las Constituciones de Justiniano, se les prohibía a los judíos incluso ser testigos, los privaban del derecho de testar y hacer donaciones, y también la lectura del Talmud. A finales del siglo IV, con la conversión al cristianismo del emperador Constantino y la fundación del Imperio Bizantino, Israel se convirtió en un país cristiano. Los judíos no podían ejercer cargos públicos y se les prohibió la entrada a Jerusalén, salvo un día al año, para conmemorar la destrucción del templo. Más adelante, durante cuatro siglos (639-1099), los árabes irrumpieron y dominaron Jerusalén, reanudándose el asentamiento judío durante el régimen musulmán, permitiéndoles tener propiedades y libertad de culto a camino de un impuesto especial sobre la tierra. Pese a ello, posteriormente se introdujeron restricciones a los no musulmanes, así como se impusieron altos impuestos a tierras agrícolas lo que obligó a muchos judíos a abandonar el país. Los musulmanes conquistaron España en el siglo VIII, cambiando la situación de los judíos, al compartir su vida económica, cultural y espiritual, con ellos.

En el siglo XI, destacaron los judíos en las artes y en las ciencias, como Isaac Ben Ruben, Isaac Salphesi, Maimónides, y en materia jurídica Isaac Ben Baruch, quien es considerado el primero de los juristas hebreos. En su obra “La caja de los aromas”, Isaac Ben Baruch, dejó un tratado en las que se resuelven las dificultades del Talmud, relativas al Derecho y a la administración de justicia. Al retirarse los musulmanes de España, a finales del siglo XV, la situación de los judíos se tornó crítica, siendo rechazados en múltiples partes del mundo. Sin embargo, en Jerusalén, bajo el dominio otomano, los sultanes protegían de acuerdo con el autor, a las minorías judías, lo que resultó en que grupos de judíos regresaran a la tierra que dejaron en la Diáspora. Durante la Revolución Francesa, en el siglo XVIII, el rechazo a los judíos en Europa, cambió radicalmente, pues recibieron el derecho a la ciudadanía, y esto se extendió como ejemplo por todo el mundo. Sin embargo, lo anterior no duró mucho, ya que a finales del siglo XIX en Europa, apareció de nuevo el antisemitismo, trayendo como consecuencia que muchas comunidades de judíos, se fueran estableciendo en el territorio de Palestina, sobre todo judíos procedentes de Europa oriental y central, configurándose así el armazón social del futuro Estado de Israel. La inmigración judía hacia la llamada Palestina, desde finales del siglo XIX, encontró su confirmación ideológica en las teorías de Theodore Herzl, expuestas en su obra el Estado Judío, publicada en Viene en 1985, y en la cual promueve el sionismo. La tesis del autor es simple: el antisemitismo, forma de odio racial, no puede eliminarse más que por la reorganización de los judíos en un centro autónomo, el Estado de los Judíos. Y su conclusión es que la nación judía debe resurgir sobre un territorio propio: Palestina, que comprende antiguos territorios bíblicos. Múltiples personalidades judías se sumaron a esta idea, y empezaron a promover el regreso a Palestina.

El objetivo del movimiento sionista era: a) ocupar paulatinamente el territorio de Palestina, y b) conseguir el reconocimiento internacional del derecho a la patria nacional judía en Palestina. En 1917, entraron a Jerusalén las fuerzas británicas, finalizando con ello el dominio otomano que duró cuatro siglos. Dentro de ese ejército británico se encontraban tres batallones de la legión judía. A través de la declaración de Balfau de 1917, Inglaterra se comprometió con el movimiento sionista a colaborar creando un hogar nacional judío en Palestina, lo cual contradecía los compromisos morales y diplomáticos, adquiridos por Gran Bretaña con los árabes, existiendo incompatibilidad, de acuerdo con las palabras del propio Balfau, entre las promesas de independencia hechas a los árabes por una parte, y a los judíos por la otra, conduciendo esto a una serie de confrontaciones y enfrentamientos entre árabes y judíos. Durante la segunda guerra mundial (1939-1945), el régimen nazi llevó a cabo un plan para exterminar a los judíos de Europa, asesinando de cuatro a seis millones de judíos en campos de concentración como Auschwitz, Treblinka, Belzec y Sobibor, entre otros.

Tras la segunda guerra mundial, el número de inmigrantes judíos creció en el territorio de Palestina, aumentando también el número de conflictos con los árabes, quienes reclamaban dicho territorio, al igual que los judíos. Ante las presiones de ambos grupos, Inglaterra, reconociéndose incapaz de brindar solución, acudió a las Naciones Unidas. La organización internacional, acordó la formación de dos estados distintos en el territorio palestino, uno árabe y el otro judío. Los árabes no estuvieron de acuerdo y expresaron que se opondrían con fuerza a tal división. Pese a ello, el plan de partición fue presentado a la Asamblea General y sometida a votación; tras un debate acalorado, se aprobó por la votación de la mayoría, dos tercios, el 29 de noviembre de 1947, con el resultado de 33 votos a favor, entre ellos, el de Estados Unidos y la Unión Soviética, más los países de Europa, América y Oceanía. En contra, tuvo 13 votos, de los países del cercano oriente y Asia. Y tuvo 10 abstenciones, entre ellas, Gran Bretaña.

En cuanto a la fundación del Estado de Israel, éste fue proclamado el 14 de mayo de 1948, siendo invadido horas más tarde por Egipto, Jordania, Siria e Irak. El ejército de Israel, rechazó por completo a los invasores, en la que se conoció como Guerra de Independencia, que duró del 15 de mayo de 1948 al 6 de enero de 1949, año en que se firmaron los acuerdos de armisticio. Israel, ganó la guerra, pero los árabes se quedaron resentidos, y hasta la fecha el conflicto continúa. Tras la guerra (1948-1949), el Estado de Israel, se estableció dentro de las fronteras constituidas por las líneas acordadas a los tratados de armisticio, pero con una extensión algo mayor a lo señalado en el plan de reparto de las Naciones Unidas, según el cual, a los israelitas se les daría un 55% del territorio de Palestina, pero tras la guerra, ocupaban el 78%. Por parte de los árabes, de lo proyectado sólo quedaron Gaza, administrada por Egipto, y Cisjordania, que fue anexionada a Jordania. El Estado de Israel, nació como tal, de forma oficial, en un solo día, el 14 de mayo de 1948, y se organizó de manera urgente durante el transcurso de una guerra. La soberanía pertenecía en Palestina al pueblo judío representado por un Consejo Nacional Provisional, que acababa de proclamar el nuevo estado. Desde el 19 de mayo de 1948, dicho Consejo, votó las leyes fundamentales que permitieron que se institucionalizara y funcionara el Estado de Israel, así como la definición de su sistema político. El 25 de julio de 1949, se celebraron las primeras elecciones generales para constituir la primera Asamblea: la Knéset, el órgano legislativo del nuevo Estado, conformado por 120 diputados elegidos por sufragio universal. Este órgano se encuentra facultado para dar su confianza al gobierno, o rechazarlo a través de la presentación de una moción de censura. La Knéset se reunió en Jerusalén, la cual fue proclamada de forma unilateral y oficial, capital del Estado de Israel, en diciembre de 1949, y ante ella juró el primer presidente de la República, Chaim Weizmann, quien designó como jefe de gobierno a David Ben Gurión. Se adoptaron las leyes fundamentales del Estado como una Constitución de la República, tomando el ejemplo británico.

Israel es una democracia parlamentaria, que cuenta con un poder, cuyas funciones son: ejecutiva, legislativa y judicial, basándose en el principio de división de funciones con frenos y balances para que exista un equilibrio en el sistema de gobierno, que depende del voto de confianza de la Knéset. El presidente es la cabeza del Estado y su cargo simboliza la unidad del mismo, lo que conlleva un gran prestigio y fuerza moral, mantiene el antiguo título de jefe del Sanhedrin, que es el ente judicial y legislativo supremo del pueblo judío, en la tierra de Israel, desde los tiempos antiguos. Las funciones presidenciales son en su mayoría: protocolares y formales. Una de ellas, es llamar a un miembro de la Knéset, para que inicie el proceso de formación de un nuevo gobierno, tras la realización de elecciones o la renuncia del gobierno anterior. Otras son, aceptar las credenciales de enviados extranjeros, firmar tratados y leyes adoptadas por la Knéset, nominar jueces, del gobernador del Banco de Israel, y de los jefes de las misiones diplomáticas en el extranjero, atendiendo a la recomendación de los organismos pertinentes; así como conceder indulto a presos y conmutar penas. La duración del cargo de presidente dura cinco años, pudiendo ejercer dos periodos consecutivos, y siendo elegido por simple mayoría de los miembros de la Knéset, entre los candidatos presentados, ya sea por capacidad personal o por su contribución al Estado de Israel.
Con respecto al poder legislativo, éste se compone por el Parlamento o la Knéset (asamblea), integrado mediante elecciones generales, siendo unicameral, es decir, contando con sólo una cámara de diputados compuesta por 120 miembros. La Knéset elige al presidente de la República y al primer Ministro, estando sometido este último al contralor parlamentario. La función de la Knéset, es legislar y fiscalizar el trabajo del gobierno, trabajando en sesiones plenarias y por medio de diez comisiones permanentes, cada una de las cuales se dedica a un aspecto específico del país.

Los debates generales llevados a cabo en las sesiones plenarias, se enfocan en la política y actividad del gobierno, así como en la legislación que éste presenta o es presentada por diputados individuales. Un proyecto de ley debe pasar por tres lecturas en la Knéset, para ser aprobado. En la primera, se deriva a la comisión pertinente para su estudio. En la segunda, se discute en sesión plenaria. Y en la tercera, se realiza la votación final. La ley que es aprobada, debe firmarla el ministro correspondiente, el Primer Ministro y el Presidente. La Knéset se elige por un periodo de cuatro años, pero puede disolverse y convocar nuevas elecciones, antes de que culmine su periodo. Toda la autoridad permanece en manos de la Knéset saliente, hasta que la nueva Knéset se constituya formalmente después de las elecciones. En materia de poder ejecutivo, el gobierno se encuentra encabezado por el Primer Ministro, quien debe ser miembro de la Knéset, y los demás ministros no están obligados a ser miembros, aunque por lo general lo son. El número de ministros no es fijo y puede variar de un gobierno a otro. Tras cada elección, el Presidente llama a un miembro de la Knéset, que por lo general es el líder del partido con mayor representación, para que forme y encabece el gobierno. Se le dan veintiún días para cumplir la tarea, y si no lo logra, el Presidente puede darle una prórroga o dirigirse a otro miembro. Este procedimiento se repite las veces que sean necesarias hasta que se constituya el gobierno.

Para el gobierno, es necesario el voto de la Knéset para actuar, debiendo ser aprobadas sus acciones por un mínimo de 61 miembros de los 120 totales. Hasta el día de hoy, ningún partido ha logrado recibir suficientes bancas de la Knéset, para formar su propio gobierno, por lo tanto el partido mayoritario, tiene que aliarse con otros. El gobierno por lo general, ejerce durante cuatro años, pero su periodo puede ser menor debido a la renuncia o la muerte del Primer Ministro o por un voto de desconfianza de la Knéset. En cuanto al poder judicial, éste es independiente, siendo nombrados los jueces por el Presidente, previa recomendación de una comisión especial de nueve miembros formada por tres jueces de la Corte Suprema, dos miembros del Colegio de Abogados y cuatro figuras públicas. Los jueces son inamovibles y a los 70 años, son jubilados. En 1954, fue aprobada una ley sobre la organización judicial, ya que la que existía era heredada de Inglaterra. Pese a que la competencia legislativa se encuentra totalmente a cargo de la Knéset, la Corte Suprema puede llamar la atención acerca de algunas modificaciones legislativas deseables, teniendo la autoridad para determinar si una ley se adecúa o no a las leyes básicas del Estado, y sesionando como alta corte de justicia. El poder judicial se compone por distintos tipos de tribunales, mismos que se encuentran integrados en forma exclusiva por jueces israelitas, utilizando solo la lengua hebraica, y son:

A) Corte Suprema: encabezando el Poder Judicial, se encuentra la Corte Suprema, conformada por uno, tres o cinco jueces, siendo la última instancia de apelación y teniendo la facultad de atender casos, en los que se necesita intervenir por el bien de la justicia. Cuenta con jurisdicción original, para pedidos de acción contra el gobierno, sus ministerios, y todos los funcionarios u organismos públicos. Cuenta con autoridad para liberar individuos detenidos o encarcelados, ilegalmente e impedir que otros tribunales se excedan en su jurisdicción.

B) Tribunales de Distrito: se integran por uno o dos jueces, siendo cortes de apelación para los fallos emitidos por los Tribunales de Magistrado. Posee jurisdicción original en casos civiles y criminales, de mayor cuantía o penalidad.

C) Tribunales de Magistrado: se componen por un juez que conoce de casos civiles y delitos criminales, de menor cuantía o penalidad.
D) Tribunales especiales: se integran por un solo juez. Ejemplo de ellos son: tránsito, trabajo, juveniles, municipales y administrativos.

E) Tribunales religiosos: se integra por uno o tres jueces, que tienen competencia sobre materias como el matrimonio y divorcio, en tribunales rabínicos para judíos, en cortes sharia para musulmanes y drusos, y en cortes eclesiásticas para cristianos.

Por su parte, el ejército israelita, sus fuerzas de defensa, fueron fundadas con el establecimiento del Estado de Israel en 1948, y tienen como objetivo defender al país. Es una de las fuerzas armadas con mayor entrenamiento combativo en el mundo, habiendo defendido al país en cinco guerras, en menos de 45 años. Las tres ramas de defensa de las FDI, son las terrestres, la aérea y la marina, que funcionan bajo un comando unificado cuya cabeza es el jefe del estado mayor, con el grado de teniente general, quien es responsable ante el ministerio de defensa. Desde que se fundaron, estas fuerzas han educado y cubierto las necesidades de sus soldados con actividades recreativas y culturales, aunado a servicios de apoyo personal proporcionado durante su servicio obligatorio. Una de las funciones más importantes de la FDI es la ayuda a los nuevos inmigrantes para que se adapten a la vida israelí, adiestrando y asignando personal para enseñar hebreo y brindar asistencia general en los centros de absorción que se encuentran en todo el país. El servicio militar es de tres años para los hombres y de tres para las mujeres. Los hombres además, continúan activos cumpliendo treinta días por año, en servicios de reserva.

En cuanto a la estructura del derecho, cuando los ingleses llegaron a Palestina, el sistema de derecho era una mezcla, ya que algunos códigos se basaban en el derecho musulmán, otros derivaban del francés, y a ello se le añadió el derecho inglés. En 1948, Israel aprobó la Ley sobre Ordenanzas y Administración, que establecía que la Ley que prevalecía vigente, mientras no se contrapusiera a los principios formulados en la Declaración de Independencia del Estado de Israel, y fueran compatibles con las leyes que promulgara la Ksénet. El derecho de Israel se ha ido depurando para evitar que pudieran regir leyes contradictorias a los intereses del país, dictándose medidas para establecer una legislación propia con tendencia al derecho judáico, pues existe una gran penetración en las nuevas leyes de las antiguas legislaciones (Biblia, Talmud). Israel no cuenta con una constitución y ello es para evitar enfrentamientos entre los fieles religiosos (que desearían que se legislara con preceptos del Talmud), y los no religiosos o laicos. Lo que existe en vez de ello, es una serie de Leyes Básicas que reflejan el contexto social sobre el cual se basa el Estado, mismas que son promulgadas por separado a lo largo de los años, no siendo una constitución formal, pero estableciendo el marco y los poderes de las ramas ejecutiva, legislativa y judicial de gobierno, así como regulan áreas de especial importancia para la política de Israel como la economía del Estado. Las Leyes Básicas, las adopta la Knéset, al igual que toda legislación, y su importancia constitucional deriva de su naturaleza, incluyendo en algunos casos, cláusulas protectoras que requieren de una mayoría especial para ser enmendadas.

Entre las Leyes Básicas están: La Knéset (1958), Tierras del Estado (1960), El Presidente (1964), El Gobierno (1968), La Economía del Estado (1975), Las Fuerzas de Defensa de Israel (1976), Jerusalén (1980), El Poder Judicial (1984), y el Contralor del Estado (1988). Otros documentos considerados de tipo constitucional son la Declaración de Independencia del Estado de Israel, y la Ley de Retorno, por medio de la cual se otorga a todo judío el derecho a retornar a Israel, adquiriendo automáticamente a su llegada, la ciudadanía. En el desarrollo jurídico de Israel se han reconocido una serie de derechos civiles y libertades básicas que incluyen: libertades de expresión, de reunión, de religión y de conciencia, el derecho de no ser expropiado un bien sin obtener una justa indemnización y el derecho a no ser discriminado por las autoridades. El matrimonio civil no existe en Israel, y todos están obligados a recurrir a las autoridades religiosas en materia de matrimonio y divorcio en virtud de la ley (1953) que organizaba la jurisdicción de los tribunales rabínicos y aseguraba a los rabinos-jueces (dayyanim), un estatus similar al de los jueces civiles. En cuanto a sucesiones, la justicia mantiene una libertad de opción entre la legislación religiosa y la civil. El ministerio de las religiones, se encarga de registrar los matrimonios y divorcios celebrados por los rabinos.

Por último, una las fuentes del derecho israelí, es la legislación, que emana de la Knéset y tiende al derecho judáico. Otra fuente formal son los precedentes, entendidos como las normas emanadas de las decisiones judiciales que deben acatarse para los futuros casos análogos al resuelto, siendo esta fuente casuística y heredada del derecho inglés. La jurisprudencia tiene mucha fuerza y emana la ley llamada “Ley de los Fundamentos Legales” (1984) y suple todas las lagunas de la ley. Esta ley estipula que si no puede resolverse alguna cuestión legal a través de una ordenanza, de un precedente, o de una analogía, los tribunales deben decidir a la luz de los principios de libertad, justicia, equidad y paz del legado de Israel.

Referencia
Sirvent, C. (2012). Sistemas mixtos, Israel. Capítulo 8. En: Sistemas jurídicos contemporáneos. Pp. 153-167. Recuperado el 17 de octubre de 2018 de: https://biblio.juridicas.unam.mx/bjv/detalle-libro/118-una-introduccion-al-common-law-2a-reimp

Datos de la autora:
Deyanira Trinidad Álvarez Villajuana.
Cel. 9991-20-66-69 Sitio web: www.deyav.com
Licenciatura, UADY: Céd. 5157846. Maestría, ENSY: Céd. 09887047.
Perito en Psicología certificada por el Poder Judicial: Registro RP249/2018.
Doctorado en Ciencias de la Educación, Universidad Anáhuac Mayab y
Licenciatura en Derecho, UNAM (en curso). Miembro de la Red Mundial
de Conferencistas con sede en Alemania RMC https://conferencistas.eu/deya/