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Candidaturas independientes, es una realidad

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Hoy lunes salieron las convocatorias para las candidaturas independientes para los ciudadanos, lo que algún día tenía que llegar.

Muchos van a irse de los partidos al no poder lograr sus aspiraciones realizando los amarres correspondientes, cosa que tendrán que tendrán que decidir mucho antes de lo que pensaban ya la Convocatoria está lanzada y son fechas fatales que pone el INE.

Nos podremos dar cuenta de muchos aspirantes de los diferentes partidos se separaran o renunciaran a sus partidos para poder de competir por alguna candidatura.

Que es lo que puede pasar con la publicación de la convocatoria que muchos van inclinarse por ser candidatos independientes, claro siempre y cuando llenen los requisitos que impone el INE, se pondrán a pensar que se ahorrarían la contienda entre varios suspirantes y el desgaste por estar realizando actividades que implica gasto económico, para que luego no queden y se haya perdido todo, en cambio si llenan los requisitos solo es aceitar bien el carro prepararlo y empezar cuando así lo indique el INE.

Aquí mencionamos algunas fechas claves que debemos estar pendientes quienes podrían ser los próximos actores para la contienda del 2018;

El día de hoy se publico convocatoria a las ciudadanas y los ciudadanos con interés en postularse como candidatas o candidatos independientes a la presidencia de la república, senadurías o diputaciones federales por el principio de mayoría relativa.

1.- Para efectos de lo señalado en la base anterior, las ciudadanas y los ciudadanos deberán reunir los requisitos de elegibilidad establecidos en los artículos n55, 58 y 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, según el cargo de que se trate, así como los establecidos en el artículo 10 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

2.- Las ciudadanas y los ciudadanos que pretendan postularse como candidata o candidato independiente a los cargos señalados, deberán hacerlo del conocimiento de este Instituto, a partir del día 11 de septiembre de 2017, ante las instancias y hasta las fechas que se señalan en la tabla siguiente:

CARGOINSTANCIAFECHA LIMITE
Presidenta o PresidenteSecretaría Ejecutiva

 

8 de octubre de 2017
Senador o SenadoraVocalía Ejecutiva de Junta Local que corresponda9 de octubre de 2017
Diputado o DiputadaVocalía Ejecutiva de Junta Distrital que corresponda4 de octubre de 2017

 

En estas fechas ya sabremos quienes serán los aspirantes que desean candidaturas independientes. Aquí transcribimos algunos requisitos que creemos importantes.

“La manifestación de intención respectiva deberá dirigirse a la instancia señalada en el cuadro anterior y presentarse por escrito, en original, con firma autógrafa de la ciudadana o el ciudadano interesado (a), en las oficinas de la Secretaría Ejecutiva, Junta Local o Distrital, según corresponda, en el formato señalado como Anexo 11.2 del Reglamento de Elecciones, disponible en la página electrónica del Instituto Nacional Electoral, en el apartado relativo a candidaturas independientes http://www.ine.mx/candidaturasindependientes. Cabe precisar que resulta indispensable proporcionar una cuenta de correo electrónico, así como el tipo de cuenta de usuario para autenticarse a través de Google o Facebook, toda vez que dicho correo será fundamental para el acceso a la aplicación informática que deberá utilizarse para recabar el apoyo ciudadano.”

“Las constancias de aspirante deberán entregarse a las ciudadanos y los ciudadanos interesados (as) en el domicilio señalado por éstos para oír y recibir notificaciones y deberán emitirse para todas las personas que hayan cumplido con los requisitos, en las fechas que se indican en la columna I de la tabla siguiente”

CARGOFECHA DE LA EXPEDICION DE LA CONSTANCIAEN CASO DE PRESENTARSE EL ULTIMO DIA Y QUE EXISTA REQUERIMIENTO
PRESIDENTA O PRESIDENTE9 DE OCTUBRE 201713 DE OCTUBRE DE 2017
SENADORA O SENADOR10 DE OCTUBRE DE 201714 DE OCTUBRE DE 2017
DIUTADA O DIPUTADO5 DE OCTUBRE DE 201711 DE OCTUBRE DE 2017

“Lo anterior, salvo que la manifestación de intención se presente el último día y de ella derive requerimiento, en cuyo caso deberá emitirse a más tardar en las fechas que se indican en la columna II de la tabla anterior.”

“Las y los aspirantes podrán realizar actos tendentes a recabar el porcentaje de apoyo requerido por la Ley, por medios distintos a la radio y la televisión, a partir del día siguiente a la fecha en que se emita su constancia de aspirante y hasta la fecha que se indica en el cuadro siguiente:”

CARGOFECHA LIMITE PARA RECABAR APOYO CIUDADANO
PRESIDENTA O PRESIDENTE6 DE FEBRERO DE 2018
SENADORA O SENADOR8 DE ENERO DE 2018
DIPUTADA O DIPUTADO4 DE DICIEMBRE DE 2017

Amigas y amigos hasta aquí en la primera parte de esta interesante convocatoria.

Continuara…………………