La confirmación de Naegleria fowleri en un lago artificial de Mérida activó medidas sanitarias, vigilancia sobre cientos de personas expuestas y un procedimiento administrativo contra la empresa responsable, mientras la Fiscalía de Yucatán informó que todavía no existe una denuncia formal que permita iniciar una investigación penal.

El caso que mantiene la atención sanitaria en Yucatán comenzó con una tragedia. Un instructor de actividades acuáticas, de 34 años, murió el 8 de septiembre después de desarrollar meningoencefalitis amebiana primaria, una infección causada por Naegleria fowleri. Posteriormente, el Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos confirmó la presencia del microorganismo en muestras tomadas del lago artificial ubicado en las inmediaciones de Plaza La Isla, en Mérida.

La confirmación de laboratorio modificó el escenario. El Gobierno de Yucatán informó que el cuerpo de agua permanecería fuera de operación y que no existe conexión con la red de agua potable, cenotes u otros espacios recreativos. La precisión es relevante porque Naegleria fowleri no se transmite entre personas ni se adquiere por beber agua contaminada. La infección ocurre cuando el agua que contiene el microorganismo entra por la nariz, generalmente durante actividades en agua dulce.

Mientras el lago permanece cerrado, la Secretaría de Salud de Yucatán mantiene vigilancia epidemiológica sobre las personas que tuvieron contacto con el agua. El primer grupo identificado fue de 361 personas y, después de concluir el primer ciclo de seguimiento, 181 fueron dadas de alta. Al 19 de septiembre permanecían 180 personas bajo monitoreo, sin que las autoridades reportaran nuevos casos de meningoencefalitis amebiana primaria entre los expuestos. El seguimiento sanitario está previsto hasta el 4 de octubre.

La vigilancia tiene una razón médica concreta. La enfermedad es extremadamente rara, pero puede evolucionar rápidamente cuando se presenta. Los síntomas iniciales pueden incluir dolor de cabeza intenso, fiebre, náuseas y vómito, seguidos de alteraciones neurológicas. Por ello, las autoridades han mantenido informadas a las personas que estuvieron en contacto con el cuerpo de agua para que identifiquen signos de alerta y reciban atención médica inmediata ante cualquier manifestación compatible.

El episodio también abrió un procedimiento administrativo. La Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios realizó verificaciones y, de acuerdo con la Secretaría de Salud, detectó irregularidades relacionadas con el manejo del lago. El dictamen contempla una sanción económica que puede alcanzar 15 mil Unidades de Medida y Actualización, equivalente a aproximadamente 1.76 millones de pesos, además de medidas ambientales, saneamiento y seguimiento epidemiológico.

La autoridad sanitaria ha señalado que las irregularidades están relacionadas con disposiciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-245-SSA1-2010, que establece requisitos sanitarios y de calidad para el agua de albercas de uso público. La normativa contempla condiciones de operación, mantenimiento, desinfección y vigilancia microbiológica. En determinadas condiciones de temperatura también establece medidas específicas para la búsqueda de amebas de vida libre.

Sin embargo, una sanción administrativa y una eventual responsabilidad penal son procedimientos diferentes. El 18 de septiembre, el fiscal general de Yucatán, Juan Manuel León León, informó que la Fiscalía General del Estado todavía no había recibido una denuncia formal relacionada con el fallecimiento y, por esa razón, no había iniciado una carpeta de investigación. Esto significa que, hasta ese momento, no existía una investigación penal formal en curso por estos hechos.

La distinción importa. La Secretaría de Salud puede determinar incumplimientos sanitarios y aplicar las medidas administrativas previstas por la normativa. La posible existencia de responsabilidades civiles, laborales o penales requiere, en cambio, los procedimientos correspondientes y, en su caso, la intervención de las autoridades competentes.

El lago continuará cerrado mientras se realizan las acciones de saneamiento ordenadas. La reapertura no depende únicamente de concluir la limpieza: la autoridad sanitaria deberá recibir nuevos análisis que permitan comprobar que el agua cumple nuevamente con las condiciones establecidas. Hasta entonces, el acceso al cuerpo de agua permanece suspendido.

El caso deja una enseñanza sanitaria difícil de ignorar. Los espacios recreativos con agua requieren vigilancia permanente, mantenimiento y cumplimiento estricto de las normas, especialmente cuando son utilizados por numerosas personas. Y es que, aunque la infección por Naegleria fowleri es extraordinariamente rara, sus consecuencias pueden ser graves. En Mérida, la respuesta de las autoridades se encuentra ahora dividida en dos frentes: proteger a quienes estuvieron expuestos y determinar, mediante los procedimientos establecidos, si hubo incumplimientos que deban generar responsabilidades.