La Comisión Interamericana de Derechos Humanos otorgó medidas cautelares a José Danilo Jirón Gudiel, detenido desde marzo de 2025 y cuyo paradero, condiciones de reclusión y estado de salud no han sido informados oficialmente a sus familiares.
Ciudad de México, 8 de octubre de 2026.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares a favor de José Danilo Jirón Gudiel, integrante del Movimiento Campesino de Nicaragua, al considerar que enfrenta una situación de gravedad y urgencia que representa un riesgo de daño irreparable para sus derechos a la vida, integridad personal y salud.
La decisión quedó establecida en la Resolución 83/2026, emitida el 5 de octubre y difundida por la CIDH el 7 de octubre. El organismo interamericano señaló que Jirón Gudiel permanece bajo custodia estatal desde el 9 de marzo de 2025 y que, desde su detención, sus familiares y personas cercanas no habrían recibido información oficial sobre su paradero, las condiciones en las que se encuentra recluido ni su estado de salud.
La Comisión indicó además que el detenido tendría padecimientos de salud preexistentes que incrementan la preocupación sobre sus condiciones actuales. El Estado de Nicaragua, según la resolución, no proporcionó información a la CIDH sobre las medidas adoptadas para atender la situación denunciada.
La CIDH pide revelar dónde está detenido
Después de analizar la información disponible, la CIDH concluyó que la falta de información oficial sobre Jirón Gudiel constituye un elemento relevante para determinar la existencia de una situación de riesgo. El organismo también tomó en cuenta que permanecería incomunicado y sin contacto regular con familiares y representantes legales de confianza.
Por ello, la Comisión solicitó al Estado nicaragüense adoptar las medidas necesarias para proteger su vida, integridad personal y salud, además de precisar las circunstancias y condiciones de su detención.
Entre las medidas requeridas se encuentra informar formalmente el lugar donde permanece recluido y garantizar el contacto regular con sus familiares y abogados de confianza. La CIDH también pidió que se indiquen los motivos de su detención, los delitos que presuntamente se le imputan y la autoridad judicial responsable de su proceso.
El organismo interamericano solicitó igualmente una valoración médica integral e inmediata, así como atención básica y especializada de acuerdo con sus necesidades. También pidió garantizar el acceso a los medicamentos y a la información relacionada con su estado de salud.
Las medidas deberán ser concertadas con el beneficiario y sus representantes, mientras que el Estado deberá informar sobre las acciones realizadas para investigar los hechos que dieron origen a la resolución y evitar que vuelvan a ocurrir.
Un mecanismo preventivo, no una sentencia
La CIDH aclaró que el otorgamiento de medidas cautelares no constituye un pronunciamiento definitivo sobre la responsabilidad del Estado ni implica un prejuzgamiento respecto de una eventual petición ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a la Convención Americana sobre Derechos Humanos u otros instrumentos aplicables.
Las medidas cautelares están previstas en el artículo 25 del Reglamento de la CIDH y tienen carácter preventivo. El mecanismo permite que la Comisión solicite a los Estados medidas destinadas a evitar daños irreparables cuando considera que existe una situación de gravedad y urgencia.
El caso de Jirón Gudiel se suma a una serie de medidas cautelares concedidas por la CIDH durante 2026 a personas detenidas o cuyo paradero se desconoce en Nicaragua. En septiembre, la Comisión adoptó medidas similares en favor de Kenthyn Aarón Téllez Madriz y de otras personas nicaragüenses cuya situación de detención o paradero había sido cuestionada ante el organismo.
La CIDH también ha emitido durante este año pronunciamientos sobre la situación de personas privadas de libertad en Nicaragua y ha advertido sobre la persistencia de graves problemas de derechos humanos en el país.
En el caso de Jirón Gudiel, la exigencia central del organismo es que el Estado proporcione información verificable sobre su situación y adopte medidas concretas para proteger su vida, integridad y salud mientras permanece bajo custodia.


