La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad una reforma que establece penas de hasta 25 años de prisión para quienes recluten personas con el propósito de incorporarlas a organizaciones criminales. La iniciativa contempla una protección especial para niñas, niños y adolescentes, así como sanciones agravadas en determinadas circunstancias. El proyecto fue turnado al Senado para continuar su proceso legislativo.
El reclutamiento de personas por parte de organizaciones criminales constituye uno de los desafíos más graves para la seguridad y la protección de los derechos humanos en México. Frente a esta problemática, la Cámara de Diputados aprobó una reforma destinada a tipificar de manera específica estas conductas y establecer sanciones que pueden alcanzar los 25 años de prisión.
La propuesta recibió 419 votos a favor durante la sesión del 20 de octubre y contó con el respaldo de las distintas fuerzas políticas representadas en San Lázaro. De acuerdo con la cobertura de El Economista y El Financiero, el dictamen busca cerrar vacíos legales que dificultaban la identificación, investigación y sanción de quienes captan o incorporan personas a grupos delictivos.
La reforma plantea adicionar el capítulo II Bis, denominado «Del Reclutamiento Forzado de Personas», a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
Las penas dependerán de las circunstancias del reclutamiento
El proyecto establece penas de 10 a 20 años de prisión para quienes inviten, induzcan, incorporen o recluten personas con el propósito de integrarlas a grupos delictivos o a la delincuencia organizada, independientemente de que utilicen engaños o se valgan de otros mecanismos de captación.
Cuando se acredite el uso de intimidación, amenazas, coacción, violencia física o moral o abuso de poder, la sanción aumentará a un rango de 15 a 25 años de prisión. La propuesta también contempla multas económicas, cuyo monto dependerá del supuesto legal aplicable.
Estas disposiciones buscan abarcar distintas formas de captación criminal. En la práctica, el reclutamiento puede comenzar con una oferta laboral engañosa difundida por medios electrónicos, continuar mediante promesas de ingresos y terminar en amenazas o violencia para impedir que la persona abandone la organización.
La relevancia de establecer un delito específico radica en que, cuando no existe una figura penal claramente delimitada, los hechos pueden investigarse bajo distintas categorías, como trata de personas, corrupción de menores, secuestro o delincuencia organizada. Esta dispersión puede complicar la integración de las investigaciones y dificultar la identificación de los responsables.
La reforma reconoce la vulnerabilidad de niñas, niños y adolescentes
Uno de los puntos centrales del dictamen consiste en considerar como reclutamiento forzado la incorporación de niñas, niños y adolescentes a organizaciones criminales, independientemente de los medios utilizados para captarlos. Esto significa que la protección no dependerá de demostrar que existieron amenazas o violencia explícita para reconocer el carácter forzado del reclutamiento de menores de edad.
La medida adquiere especial importancia porque las organizaciones delictivas pueden aprovechar las condiciones de vulnerabilidad económica, la falta de oportunidades, los entornos de violencia y las necesidades familiares para atraer a menores hacia actividades ilícitas.
Durante la discusión legislativa, legisladores citaron estimaciones de la Red por los Derechos de la Infancia en México y UNICEF sobre la cantidad de menores que podrían encontrarse en riesgo de ser reclutados o utilizados por grupos criminales. Estas cifras evidencian la dimensión del problema, aunque deben distinguirse de un registro definitivo de víctimas, pues se refieren a estimaciones de riesgo.
El dictamen también señala que, cuando una persona menor de edad sea imputada por conductas relacionadas con el reclutamiento, las autoridades deberán atender el interés superior de la niñez y garantizar la protección más amplia de sus derechos, conforme a la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes y las demás disposiciones aplicables.
Este aspecto resulta fundamental: los menores incorporados a estructuras criminales pueden haber sido víctimas de captación, amenazas o explotación. Por ello, la respuesta institucional debe considerar las circunstancias particulares de cada caso y distinguir entre la responsabilidad penal que corresponda y las medidas de protección, asistencia y restitución de derechos.
Habrá agravantes para proteger a víctimas en condiciones de mayor vulnerabilidad
La iniciativa contempla el aumento de las sanciones cuando las víctimas pertenezcan a comunidades indígenas o afromexicanas, se encuentren en situación de movilidad humana o sean sometidas a tortura, violencia sexual, privación de la libertad o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
También prevé agravantes cuando la víctima tenga una formación profesional o conocimientos especializados, como puede ocurrir con personal médico, y cuando el responsable haya pertenecido a corporaciones de seguridad pública o a las Fuerzas Armadas, en los términos establecidos por el dictamen.
La inclusión de estos supuestos responde a la necesidad de reconocer que el reclutamiento criminal no afecta a todas las personas de la misma manera. En determinados contextos, las organizaciones pueden buscar perfiles específicos por sus habilidades, aprovechar la vulnerabilidad de las personas migrantes o ejercer un control particularmente violento sobre las víctimas.
Asimismo, el proyecto contempla la posibilidad de reducir las penas cuando los responsables proporcionen información relevante para esclarecer los hechos o identificar a otros participantes. Esta medida busca incentivar la colaboración con las autoridades, sin que ello elimine la necesidad de investigar y acreditar las responsabilidades correspondientes.
La aprobación en Diputados no significa que la reforma ya esté vigente
Aunque el dictamen recibió el respaldo unánime de la Cámara de Diputados, todavía debe continuar su trámite legislativo en el Senado de la República. Por tanto, las nuevas sanciones no deben presentarse como una disposición definitivamente vigente mientras no concluya el procedimiento constitucional correspondiente y se publique el decreto, en su caso.
La aprobación representa un avance en el reconocimiento jurídico del reclutamiento criminal como una conducta que requiere atención específica. Sin embargo, la eficacia de la reforma dependerá también de la capacidad de las fiscalías para investigar, de la coordinación entre las instituciones de seguridad y de los mecanismos de protección para las víctimas.
Enfrentar el reclutamiento exige más que endurecer las penas. También requiere prevención, oportunidades educativas y laborales, atención a las comunidades expuestas a la violencia y programas de recuperación para quienes hayan sido captados por organizaciones criminales. De lo contrario, el sistema penal podrá castigar a los responsables sin resolver las condiciones que permiten que esta práctica continúe.
Diputados también aplazan la aplicación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
En la misma jornada legislativa, la Cámara de Diputados aprobó extender hasta el 1 de julio de 2031 el plazo máximo para implementar el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, expedido en 2023. La modificación busca conceder más tiempo a los poderes judiciales de la Federación y de las entidades federativas para completar los ajustes normativos, tecnológicos, organizativos y operativos necesarios.
Según informó La Jornada, entre las dificultades señaladas durante el debate se encuentran la falta de infraestructura tecnológica, la necesidad de capacitar al personal judicial y las adecuaciones requeridas para aplicar de manera uniforme las nuevas reglas procesales.
El Código Nacional busca homologar los procedimientos relacionados con asuntos civiles y familiares, incluidos divorcios, pensiones alimenticias, custodias y herencias. Su implementación pretende favorecer una impartición de justicia más uniforme y fortalecer la oralidad en los procesos judiciales.
No obstante, el aplazamiento también generó cuestionamientos de legisladores de oposición y de algunas integrantes de la propia mayoría parlamentaria, quienes advirtieron sobre las consecuencias de posponer determinadas garantías para personas con discapacidad y adultos mayores.
La modificación fue aprobada en lo particular con 367 votos a favor, 60 en contra y dos abstenciones, y también fue enviada al Senado para continuar su trámite. En consecuencia, tanto la reforma sobre reclutamiento criminal como la ampliación del plazo para implementar el Código Nacional deberán completar el procedimiento legislativo correspondiente antes de que puedan producir los efectos jurídicos definitivos previstos.
Ambas decisiones reflejan los desafíos que enfrenta el Congreso mexicano: por un lado, fortalecer las herramientas legales frente a la violencia criminal y, por otro, garantizar que las reformas judiciales puedan aplicarse con las condiciones institucionales necesarias. El verdadero alcance de estas medidas dependerá de que las disposiciones aprobadas se traduzcan en resultados concretos para la protección de las personas y el acceso efectivo a la justicia.


