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FGE exhibe ineptitud de Lizette Mimenza

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En medio de la agenda política de un medio de comunicación supuestamente “amigo” del Gobierno del Estado, la Fiscal General, Celia Rivas respondió directa y contundentemente a las acusaciones de la representante del alcalde de Mérida, Lizette Mimenza, que ocupa el cargo de directora de gobernación – hoy departamento jurídico del Ayuntamiento. La exhibida es terrible, pues la servidora municipal, queda como inepta, o sea no apta para entender lo que la Ley establece con relación al tema de la supuesta “exoneración” de la ex alcaldesa de Mérida Angélica Araujo Lara, que fue denunciada por la actual administración municipal panista.

Aquí las declaraciones de la Fiscal:

La fiscal aseguró que en el caso al que hace mención la funcionaria municipal, como en todos los que actúa, la Fiscalía General del Estado procedió de manera responsable y apegada a derecho, ya que el “no ejercicio” decretado en torno al caso mencionado está basado en normas legales y no en criterios subjetivos.

La fiscal reiteró que en este caso el Ayuntamiento de Mérida no cumplió con la ley, ya que el artículo 223 del Código de Procedimientos en materia Penal señala lo siguiente: “El Ministerio Público deberá proceder de oficio la investigación de los delitos del fuero común, excepto en los siguientes casos:

Fracción I.- En los delitos que se requiera querella, tales como fraude, lesiones, incumplimiento de asistencia familiar, entre otros, y cuando la ley exija algún requisito previo, si éste no se ha cumplido -siendo éste el caso que nos ocupa.

Este requisito de procedimiento no fue cumplido conforme a lo estipulado en el artículo 29 párrafo quinto de la ley de Fiscalización de la Cuenta Pública del Estado de Yucatán. Ante eso reiteramos que la Fiscalía General del Estado está impedida para iniciar un procedimiento penal -explicó la fiscal.

-Esto de ningún modo deja en indefensión a la ciudadanía, como falsamente se afirma, pues hay recursos legales para que cuando un ciudadano esté inconforme ante una resolución pueda hacer uso de las herramientas jurídicas que la propia ley establece, como la revisión y el amparo -indicó.