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¿Recibiré toda mi Afore al pensionarme?

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Como persona trabajadora, seguramente te preguntas si cuando te pensionas te dan todo tu Afore.

Esta es una de las preguntas más importantes que debemos resolver para estar mejor preparados en nuestro retiro,  por más lejano que parezca en estos momentos.

De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), existen diferentes maneras de reclamar el ahorro de tu Afore, dependiendo del régimen en el que estés dado de alta.

¡Te contamos!

Cómo reclamar el dinero de tu Afore

Conoce tu régimen

En México hay dos tipos de régimen de pensión: la Ley 73 y la Ley 97.

  • Ley 73: Si empezaste a cotizar en el IMSS antes del 1 de julio de 1997.
  • Ley 97: Si comenzaste a cotizar semanas a partir del 1 de julio de 1997.

Las diferencias principales entre estos dos regímenes son que los trabajadores afiliados a la Ley 73 necesitan cotizar 500 semanas de trabajo formal ante el IMSS para recibir su pensión, mientras que los afiliados a la Ley 97, al 2022, deben tener 775 semanas.

Aunque la Ley 97 es la que rige al sistema de retiros actualmente, si comenzaste a laborar antes del 1 de julio de 1997 puedes reclamar tu pensión bajo la Ley 73.

Los requisitos que necesitas cumplir son:

  • Tener 65 años cumplidos.
  • Haberse dado de baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Tener registradas ante el IMSS las 500 semanas de trabajo formal.
  • Estar dentro del periodo de conservación de derechos, que son aprox. ocho semanas a partir de tu fecha de baja como empleado.

Si perteneces a la Ley 97, entonces los requisitos son:

  • Tener de 60 a 64 años si es Pensión por Cesantía, o bien, 65 años en caso de Pensión por Vejez.
  • 775 semanas de cotización ante el IMSS (de acuerdo con la Ley del Seguro Social, este requisito incrementará 25 semanas de manera anual hasta el 2031).
  • Tener el Expediente Electrónico de la Afore actualizado.

Modalidad de pensión

Si eres parte de la Ley 97, existen tres modalidades con las que puedes solicitar tu pensión:

  • Renta vitalicia. La debes contratar a través de una aseguradora y su ventaja es que tendrás garantizado el pago de tu pensión de por vida. Debes adquirir el seguro de sobrevivencia para que tu familia o personas beneficiarias puedan recibir el dinero si falleces.
  • Retiro programado. Es la pensión que recibes de tu Afore. La diferencia que tiene con la renta vitalicia, es que te darán el dinero de tu ahorro hasta que se acaben los recursos de tu cuenta.

En este paso se resuelve la duda de si cuando te pensionas te dan todo tu Afore. Además de que tu pensión dura hasta que el saldo de tu ahorro se agote, anualmente se recalculará el monto que recibes y podrás retirar en efectivo únicamente tus aportaciones voluntarias.

Si perteneces a la Ley 73, puedes retirar también los recursos del SAR 92 y Vivienda 92.

  • Pensión mínima garantizada. Es el dinero que el Estado brinda a las personas que cumplan los requisitos de edad y el mínimo de semanas cotizadas (recordemos que este 2022 es de 775), pero que no cuentan con los recursos para una renta vitalicia ni un retiro programado.

¿Qué pasa si no cumplo con ninguno de los requisitos?

¡No te preocupes! Hay solución a este problema. Acude al IMSS y solicita una Negativa de Pensión para que tu Afore te entregue en efectivo los recursos que tengas en tu cuenta.

Los requisitos para este trámite son:

  • Tener recursos disponibles en tu Afore.
  • 60 años cumplidos
  • Contar con tu Expediente Electrónico actualizado.

Esperamos que esta información haya resuelto tu pregunta de si cuando te pensionas te dan todo tu Afore y te ayude a poner tus asuntos en orden. ¡No dejes tu retiro para mañana!